Personas Jurídicas

Dirección Provincial de Personas Jurídicas

En el presente sitio encontrará la Normativa aplicable en la provincia de Buenos Aires a los trámites a presentarse por ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas; los formularios y anexos; Tasas Fiscales, traslado y optativas e instructivos de los trámites:

  • Asociaciones Civiles
  • Fundaciones
  • Sociedades Comerciales
  • Trámites Judiciales ante la DPPJ

Horario de atención

Lunes a viernes de 9:00 A 11:00

Modalidad

Se atiende solo con turno previo reservado por e mail: [email protected]

Consultas por trámites

Las consultas podrán efectuarse en forma virtual a través del sistema Trámix en (ingresando número de Legajo): http://tramix.persjuri.gba.gov.ar:8080/TRAMIX/
Correo electrónico: [email protected]

Certificación de firmas

Solicitar turno previamente en la Delegación: [email protected]
Se tomarán hasta tres (3) certificaciones de firma por turno.

Tasas | Sociedades comerciales

Abonarán Tasa General de Actuación y Tasa fiscal correspondiente al trámite a realizar; Tasa Traslado, Tasa Delegación (su importe es idéntico al total del pago en concepto de timbrado de la tasa administrativa/fiscal de cada expediente)

Tasas | Asociaciones Civiles, Fundaciones y Mutuales

Abonarán Tasa de Traslado, Tasa de Delegación ($3.000). Se encuentran exentas del pago de Tasa fiscal y General de Actuación.
Tasas preferenciales: optativa (1, 4 o 15 días hábiles). Tasa 1 y 4 días deberán adjuntarse antecedentes inscriptos.

Tasas | Asociaciones Civiles Ley 15192

Las tasas identificadas como “LEY 15192” sólo aplican a las entidades comprendidas en dicha norma:
Clubes de Barrio, Centro de Jubilados, Sociedades de Fomento, Centros Culturales, Jardines Comunitarios, Organizaciones de Comunidades Migrantes y asociaciones civiles con ingresos totales anuales hasta la categoría G del monotributo.

Noticias

La Oficina Delegada de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas con asiento en la ciudad de San Isidro reinicia su actividad, a partir del 5 de agosto del corriente, conforme a los parámetros de cumplimiento en el marco de la emergencia sanitaria.
Los trámites que ingresan ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas ya pueden abonarse por medios de pago electrónico. Esta modalidad de pago virtual, facilita a los usuarios el inicio de sus trámites sin tener que concurrir al banco en el contexto de la Emergencia Sanitaria actual.
Para facilitar la aplicación relativa a la resolución en materia de diligenciamiento digital de oficios acercamos un memorandum sobre el sistema de comunicaciones entre ambas Cortes. Comprende: Incumbencias del Dep. de Oficios y Medidas Cautelares Actas de Implementación Específica firmadas; innecesariedad de anexar folio de seguridad ; Oficio y Testimonio de D. Herederos SCBA. Consultar adjunto.
Convenio de comunicaciones entre la D.P.P.J. y la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, respecto de las comunicaciones los distintos organismos del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires.
Suspenden el ingreso en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de trámites preferenciales por mudanza. Se trasladarán a un inmueble sito en calle 6 y 8 de la ciudad de La Plata (disposición nro. DI-2019-104- GDEBA- DPPJMJGP, 3/9/19). Igualmente se reciben en esta Delegación para ser girados cuando reabran.