27
Mayo
2021

¿Cómo inscribo la reforma de un estatuto en una sociedad comercial?

Te respondemos todas las preguntas para gestionar la reforma de un estatuto en una sociedad comercial: ¿Qué recaudos hay que cumplir? ¿Qué documentación presentar? ¿Cuánto cuesta? Las consultas se reciben por e mail. El trámite se hace ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.

 

Cómo inscribir la reforma de un estatuto en una sociedad comercial 

Explicaciones paso a paso

Formularios: www.casi.com.ar >>> Servicios >>> Personas Jurídicas

Para gestionar con éxito este trámite, detallamos todos los requisitos

 

  • ¿Qué debo presentar?

1) Formulario de Minuta Rogatoria Sociedades Comerciales (Anexo 1) suscripto por representante legal o autorizado con firma certificada o en su caso con firma y sello del profesional autorizado. (Escribano, Contador Público o Abogado autorizado, en este último caso deberá adjuntarse Ius Previsional y Bono Ley 8480)

2) Copia mecanografiada y certificada en cuanto a contenido (conforme art. 25 Disp. D.P.P.J. Nº 45/15) del Acta de Asamblea o Reunión de Socios, que consideró y aprobó la reforma cuya inscripción se solicita. Se deberá reformar el artículo pertinente del estatuto, con una transcripción íntegra del mismo.

3) Copia certificada del acta indicada en el punto anterior para su inscripción registral.

4) Justificación del Quórum según el tipo social (de corresponder constancia de publicación de la convocatoria).

5) Constancia de publicación de edictos: dicho aviso se acreditará –mientras se sustancie el trámite- con copia del texto a publicar intervenido por el Boletín Oficial y el correspondiente recibo de pago. 

6)  Declaración Jurada de Beneficiario final (Anexo 1 Disp. D.P.P.J. Nº 130/17).

  • ¿Cuánto debo pagar?

7) Tasas:

a) Tasa General de Actuación: https://www.gba.gob.ar/dppj/tasas

b) Tasa Fiscal: https://www.gba.gob.ar/dppj/tasas

c) Tasa Traslado:

https://www.colescba.org.ar/www/pages/dppj/comprobantes/indexComprobanteTrasladoV2.jsf

d) Tasa Delegación: valor idéntico a la suma de tasa general de actuación + tasa fiscal: depositar/transferir el importe correspondiente en la cuenta del Colegio de Abogados de San Isidro: Banco Santander Rio. Cta. Cte. en Pesos N° 207-010928/8 -  CBU: 0720207220000001092886  - CUIT: 30-54103403-6

e) Tasa preferencial: OPTATIVA. En los trámites especiales de 1 y 4 días se deben acompañar los antecedentes de la Sociedad inscriptos la D.P.P.J. conforme cláusula vigésima del Convenio de Cooperación D.P.P.J. Ley 14.028 y Decreto Reglamentario 914/10.

  • Para tener en cuenta

Si los instrumentos se encuentran autorizados o certificados por un escribano público con competencia territorial fuera de la Provincia de Buenos Aires, deberán presentarse debidamente legalizados. (art. 22 Disp. D.P.P.J. Nº 45/15).

Consultas
 [email protected]

Estamos en la sede de la calle Martín y Omar 339, San Isidro.

Atención: de lunes a viernes de 10:00 a 12:00 
con turno previo solicitado por e mail a: [email protected] 

Los turnos serán habilitados a medida que cesen las restricciones impuestas por la pandemia.