13
Mayo
2021

Cómo inscribir una SRL

Los interesados en inscribir una sociedad de responsabilidad limitada, conforme la ley, deben satisfacer una serie de requisitos para gestionar el trámite ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas -Delegación San Isidro-, sita en la sede del Colegio. Les explicamos paso a paso cómo hacerlo. La atención es con turno previo.

Cómo inscribir una Sociedad de Responsabilidad Limitada

Explicaciones paso a paso

Formularios: www.casi.com.ar >>> Servicios >>> Personas Jurídicas

Para gestionar con éxito este trámite, detallamos los requisitos necesarios para su presentación: 

1) Formulario de Minuta Rogatoria Sociedades Comerciales (Anexo 1) suscripto por representante legal o autorizado con firma certificada, o en su caso con firma y sello del profesional autorizado. (Escribano, Contador Público o Abogado autorizado, en éste último caso deberá adjuntarse Ius Previsional y Bono Ley 8480)

2) Original y copia certificada del instrumento de constitución (instrumento Público o instrumento privado con firmas certificadas).

3) Constancia de publicación de edicto en el Boletín Oficial (conforme art. 10 L.G.S.). Dicho aviso se acreditará –mientras se sustancie el trámite- con copia del texto a publicar intervenido por el Boletín Oficial y el correspondiente recibo de pago. 

4) Justificación de los aportes realizados por los accionistas. Podrá acreditarse mediante boleta de depósito en banco oficial a nombre de la sociedad (art. 140 Disp. D.P.P.J. Nº 45/15) o dejando expresa constancia de la entrega por parte de los socios del dinero en efectivo al representante legal de la sociedad cuando se constituye por instrumento público o mediante acta notarial cuando se constituye por instrumento privado (art. 1 Disp. D.P.P.J. Nº 51/16).

5) Declaración jurada de no encontrarse afectado por inhabilidades e incompatibilidades para desempeñar el cargo por cada uno de los integrantes del órgano de administración y fiscalización en su caso (art. 264 L.G.S. y art. 139 inc. c) Disp. D.P.P.J. Nº 45/15).

6) Declaración jurada de persona expuesta políticamente por cada uno de los integrantes del órgano de administración y fiscalización (art. 139 inc. g) y art. 326 Disp. D.P.P.J. Nº  45/15).

7)  Declaración Jurada Beneficiario Final (Anexo 1 Disp. D.P.P.J. Nº 130/17).

8) Tasas:

a) Tasa General de Actuación: https://www.gba.gob.ar/dppj/tasas

b) Tasa Fiscal: https://www.gba.gob.ar/dppj/tasas

c) Tasa Traslado:

https://www.colescba.org.ar/www/pages/dppj/comprobantes/indexComprobanteTrasladoV2.jsf

d) Tasa Delegación: valor idéntico a la suma de tasa general de actuación + tasa fiscal: depositar/transferir el importe correspondiente en la cuenta del Colegio de Abogados de San Isidro:  Banco Santander Rio. Cta. Cte. en Pesos N° 207-010928/8 -  CBU: 0720207220000001092886  - CUIT: 30-54103403-6

e) Tasa preferencial: OPTATIVA. En los trámites especiales de 1 y 4 días se deben acompañar los antecedentes de la Sociedad inscriptos la D.P.P.J. conforme cláusula vigésima del Convenio de Cooperación D.P.P.J. Ley 14.028 y Decreto Reglamentario 914/10.

https://www.colescba.org.ar/www/pages/dppj/comprobantes/index.jsf

Los puntos 5), 6) y 7) pueden estar incluidos en el mismo contrato constitutivo o en instrumento por separado con firma certificada de los declarantes.

Los administradores designados deberán constituir domicilio especial en la República.

Si los instrumentos se encuentran autorizados o certificados por un escribano público con competencia territorial fuera de la Provincia de Buenos Aires, deberán presentarse debidamente legalizados. (art. 22 Disp. D.P.P.J. Nº 45/15).

Descargar formularios

Instructivo para pago de trámites online: Les adjuntamos una guía de la Dirección de Personas Jurídicas que explica cómo  pagar en línea en 10 pasos las tasas fiscales y  en otros tantos los trámites especiales – ambos de la Provincia de Buenos Aires-. Consultar/ Descargar.

Atención: de lunes a viernes de 10:00 a 12:00

con turno previo solicitado por e mail a: [email protected]