Jurisprudencia

 

Traslado de demanda. Notificación por Carta Documento
La Sala I de la Cámara de Apelación en Civil y Comercial de San Isidro autorizó la notificación del traslado de la demanda por carta documento, remarcando los requisitos que tendrán que cumplirse, siempre a los fines de garantizar el derecho de defensa de las partes y evitar ulteriores nulidades (art. 18 de la CN y art. 34, inc. 5, ap. “b” del CPCC). Ver fallo.

 

Se revoca la sentencia que desestima notificación del traslado de demanda mediante carta documento. Medios alternativos de la notificación de la demanda
Sentencia dictada el 5/8/2020 por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata en los autos  caratulados:"Protegiendo al consumidor P.A.C. c/ Medife Asociación Civil s/ repetición de sumas de dinero

 

Sistema Augusta: diferentes sistemas de notificaciones electrónicas. Error excusable en el cómputo de los plazos
Causa caratulada: "Cajal, Santos Marcelo y otro/a contra Bigurrarena, Bernardo Antonio y otro/ s/ Daños y Perjuicios", donde la Corte provincial revocó una sentencia de Cámara que declaró desierta una apelación por considerar que el sistema Augusta, mostró  errores al brindar la información del expediente.

Noticias

Informamos que ha sido confirmado un caso positivo de Covid-19, en el Juzgado de Familia N°3 que funciona en la Av. Centenario 1860, Beccar, razón por la cual se ha dispuesto el cierre preventivo de dicho edificio para su sanitización.
Recientemente ha sido confirmado un caso positivo de Covid-19 en la Defensoría de Familia de Pilar. Cerraron la sede del Ministerio Público de la Defensa, calle Sarratea 61 de esa localidad.
Mediante Resolución SPL Nº 05/20 las secretarías de Personal y Planificación de la SCBA aprobaron el Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento del COVID 19 en el ámbito de la Jurisdicción Administración de Justicia.
Las autoridades del Colegio a través de COLPROBA han elevado una nota al Sr. Ministro Dr. Julio C. Alak, manifestado su preocupación por la situación en la que se encuentra la Mediación Previa Obligatoria, de la que esa cartera Ministerial es autoridad de aplicación.
El domicilio electrónico al que deberán diligenciarse los pedidos de informes de testamento será "[email protected]", el cual deberá ser consignado como "destinatario" al momento de presentar los oficios judiciales en el portal de Notificaciones de la SCBA.