Valores. Jus y Bono Ley 8480

04-08-2026 | VALOR DEL JUS. Actualización aplicable a julio y agosto de 2026

Readecuación del valor del Jus desde el 1º de julio de 2026 como así también del valor del Jus arancelario decreto-ley 8904/77 (Resolución RP 873/26, Arts. 1º y 2º).

/// R E S U E L V E: 

Artículo 1°.- Fijar el valor del "Jus" conforme artículo 9 de la ley 14.967 con vigencia desde el 1º de julio de 2026 en la suma de pesos cincuenta y dos mil doscientos treinta y siete ($ 52.237) y desde el 1° de agosto de 2026 en la suma de pesos cincuenta y tres mil doscientos treinta y dos ($ 53.232). 

Artículo 2°.- Adecuar el valor del "Jus arancelario decreto ley 8904/77" a partir del 1º de julio de 2026 en la suma de pesos treinta y cinco mil seiscientos noventa y ocho ($ 35.698) y a partir del 1° de agosto de 2026 en la suma de pesos treinta y seis mil trescientos setenta y ocho ($ 36.378), en consonancia con lo indicado en el punto II de los considerandos del presente.

Muy importante

Ponemos a disposición las pautas interpretativas mediante la Res. de Directorio de la Caja de la Abogacía (11 y 12/7/2024)

Interpretación art.14 ley 6716 en relación con la vigencia del Jus Arancelario en la Ley de Honorarios Profesionales

Las regulaciones de honorarios fijadas en jus arancelarios deben integrarse en pesos, al valor del citado Jus vigente a la fecha de su efectivo pago.

El pago de aportes y contribuciones, en un día determinado, tendrá efecto cancelatorio cuando se efectúe conforme al valor que la institución tiene publicitado (para el jus arancelario) en dicha fecha de pago.

Vista la resolución del Directorio de los días 11 y 12 de julio del 2024, queda sin efecto la resolución interpretativa de los días 13 y 14 de junio del año 2019.

Actualización jus. Impacto en la matrícula profesional

En virtud de la Resolución RP 873/26, Arts. 1º y 2º que determina:

Artículo 1°.- Fijar el valor del "Jus" conforme artículo 9 de la ley 14.967 con vigencia desde el 1º de julio de 2026 en la suma de pesos cincuenta y dos mil doscientos treinta y siete ($ 52.237) y desde el 1° de agosto de 2026 en la suma de pesos cincuenta y tres mil doscientos treinta y dos ($ 53.232).  En tal sentido se comunica que el aumento en la matrícula impactará en el sistema a partir del lunes 10 de agosto de 2026.

Matrìcula profesional 2026 (Vencimiento 6/4/26)

CONSEJO SUPERIOR. CIRCULAR N° 7508 (23/12/25).  MATRÍCULA PARA EL AÑO 2026

Texto de la resolución adoptada por el Consejo Superior, en su reunión ordinaria del 18 de diciembre de 2025, sobre la matrícula para el año 2026.

  • Consejo Superior, reunión del 19/3/26 ha resuelto lo siguiente:

 Respecto a la fecha de vencimiento para el pago de la matrícula de 2026, fijada para el 31 de marzo, y teniendo en cuenta la acumulación de feriados para los próximos fines de semana, dispónese con carácter excepcional para el corriente año, prorrogar la fecha de vencimiento de la matrícula de 2026 hasta el lunes 6 de abril próximo, inclusive.

Por otra parte, en torno a la distribución del art. 5 inciso b) de la Ley 8480, cuyo corte sobre las matrículas abonadas en forma completa del año 2025 debe realizarse al 31 de marzo, y siguiendo lo antes resuelto, se dispone también con carácter excepcional para este año, que dicho corte se realice al lunes 6 de abril de 2026, inclusive.

Tabla de Honorarios general

Actualización permanente

JUS unidad arancelaria
  • Resolución RP 873/26, Arts. 1º y 2º).

Jus. Art. 9 ley 14967

1/7/2026: 52.237$

1/8/2026: $53.232

*Jus dec. 8904/77

1/7/2026; 35.698$

1/8/2026: $36.378

Jus arancelario  Valores anteriores  -  Jus previsional  Consultar

Jus valor cfr. Art. 9 de la ley 14967

1/2/26:  $46.325

1/3/26:  $46.608

1/4/26:  $49.750

1/7/26:  $52.237

1/8/26:  $53.232

Jus arancelario decreto-ley 8904/77

1/10/25: $30.285

1/2/26:  $31.658

1/3/26:  $33.218

1/4/26:  $33.998

1/7/26:  $35.698

1/8/26:  $36.378

Bono 8480

Interpretación. Generación. Valores

  Pautas interpretativas del bono 8480

  Nuevo sistema de generación de bonos 8480

  Generar un bono 8480 on line

  Valores actualización cfr. Ac.
 

Acordada

A partir del

Bono verde

Bono azul

SCBA 4190

1/7/25

$21.100

$10.550

SCBA 4200

1/10/25

$22.100

$11.050

SCBA 4219

1/2/206

$22.800

$11.400

 

9/3/2026

$23.100

$11.550

SCBA 4222

1/6/26

$24.800

$12.400

SCBA. R.P 873

10/8/26

$26.600

$13.300

 
 
 
 
 

 

Noticias

A partir del 1/6/21 todos los organismos jurisdiccionales que integran la Administración de Justicia, órganos de gobierno de la Suprema Corte y Registros Públicos, deberán librar indefectiblemente los requerimientos de producción de informes y/o la remisión de actuaciones en trámite o que hayan tramitado ante al Ministerio de Trabajo de la Provincia, en el marco de una causa judicial o administrativa ya iniciada, mediante oficio judicial en formato digital.
Después de innumerables gestiones desde la Colegiación organizada, la SCBA ha dispuesto que desde el 10/5/21, la SRT remitirá en formato digital a los órganos del Fuero Laboral a través de las Receptorías de Expedientes respectivas, las actuaciones que tramiten o hayan tramitado ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y/o la Comisión Médica Central.
Los trámites varían según se trate de Oficios de Juzgados Nacionales y Federales (CSJN Res.15/20, sistema DEOX) o bien Oficios de Juzgados Provinciales y Contenciosos administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Recomendaciones. Cómo pagar en línea.
Ante las reiteradas consultas de los colegas acerca de los domicilios electrónicos y/o procedimientos para diligenciar oficios al Banco Central y al Banco Provincia de Buenos Aires formulamos un sencillo esquema de trabajo. Aclaraciones formuladas mediante la Ac.3/21 de la SCBA.
Quienes necesiten notificar traslados de demandas a TELEFÓNICA DE ARGENTINA SA - TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA SA ya pueden hacerlo en los domicilios electrónicos de ambas empresas acreditados ante la Suprema Corte. Diligenciar oficios. Botón digital.