31
Mar
2020

Exclusivo. Certificado para casos excepcionales y urgentes

El Colegio de Abogados de San Isidro continuará el servicio para sus matriculados, de emisión del "Certificado para casos excepcionales y urgentes".Se gestiona por e mail. Otros certificados y resoluciones.

Aclaración

El  Colegio de Abogados de San Isidro, continuará el servicio de emisión de "Certificado para casos excepcionales y urgentes" que viniera prestando,  on line, para sus Matriculados, desde el inicio de la emergencia sanitaria con motivo de la epidemia del coronavirus.

INSTRUCTIVO PARA OBTENER EL CERTIFICADO DE ACTUACIÓN
PARA CASOS URGENTES Y EXCEPCIONALES
EMITIDO POR EL CASI

 

Trámite por e mail: [email protected]

Aquellos colegas que deban llevar a cabo una actuación profesional excepcional y urgente, y necesiten contar con un certificado que así lo acredite, tendrán que:
1) Enviar por  e mail a [email protected] una nota con carácter de DECLARACIÓN  JURADA, al Consejo Directivo donde especifiquen:
a) las  iniciales de la persona o grupo de ellas a las que deberá asistir;
b) la descripción de la causa que suscita su intervención y los datos del expediente si los tuviera;
c) los datos de matriculación (tomo y folio) en este Colegio profesional, manifestando que se encuentra activo en la matrícula.

2) El matriculado recibirá en su correo electrónico la certificación expedida por SECRETARÍA. 

 

Certificado Único Habilitante para Circulación

El  Ministerio  del Interior por Res. 48/2020 estableció la vigencia del Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 que se gestiona  a través de la plataforma digital para hacer el trámite.  ("Mis Trámites a distancia")
Validez del certificado: una vez emitido el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID19”, tendrá vigencia por el plazo de SIETE (7) días corridos. Superado el plazo, puede volver a solicitarse.
*Decisión Administrativa 446/2020 DECAD-2020-446-APN-JGM - Certificado Único Habilitante para Circulación. Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2020 Fecha de Publicación: B.O. 1/04/2020.
*Síntesis. Validación de la situación de quienes se encuentren comprendidos dentro de alguna de las excepciones previstas. Se fija la fecha (6/4/20)  a partir de la cual la totalidad de los particulares deberán acreditar tal condición a través del Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19. Cómo se gestiona. Instructivo

 

 

 

Fuentes
Ministerio del Interior
https://tramitesadistancia.gob.ar/

Noticias

Informamos que ha sido confirmado un caso positivo de Covid-19, en el Juzgado de Familia N°3 que funciona en la Av. Centenario 1860, Beccar, razón por la cual se ha dispuesto el cierre preventivo de dicho edificio para su sanitización.
Recientemente ha sido confirmado un caso positivo de Covid-19 en la Defensoría de Familia de Pilar. Cerraron la sede del Ministerio Público de la Defensa, calle Sarratea 61 de esa localidad.
Mediante Resolución SPL Nº 05/20 las secretarías de Personal y Planificación de la SCBA aprobaron el Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento del COVID 19 en el ámbito de la Jurisdicción Administración de Justicia.
Las autoridades del Colegio a través de COLPROBA han elevado una nota al Sr. Ministro Dr. Julio C. Alak, manifestado su preocupación por la situación en la que se encuentra la Mediación Previa Obligatoria, de la que esa cartera Ministerial es autoridad de aplicación.
El domicilio electrónico al que deberán diligenciarse los pedidos de informes de testamento será "[email protected]", el cual deberá ser consignado como "destinatario" al momento de presentar los oficios judiciales en el portal de Notificaciones de la SCBA.