Jurisprudencia

 

Traslado de demanda. Notificación por Carta Documento
La Sala I de la Cámara de Apelación en Civil y Comercial de San Isidro autorizó la notificación del traslado de la demanda por carta documento, remarcando los requisitos que tendrán que cumplirse, siempre a los fines de garantizar el derecho de defensa de las partes y evitar ulteriores nulidades (art. 18 de la CN y art. 34, inc. 5, ap. “b” del CPCC). Ver fallo.

 

Se revoca la sentencia que desestima notificación del traslado de demanda mediante carta documento. Medios alternativos de la notificación de la demanda
Sentencia dictada el 5/8/2020 por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata en los autos  caratulados:"Protegiendo al consumidor P.A.C. c/ Medife Asociación Civil s/ repetición de sumas de dinero

 

Sistema Augusta: diferentes sistemas de notificaciones electrónicas. Error excusable en el cómputo de los plazos
Causa caratulada: "Cajal, Santos Marcelo y otro/a contra Bigurrarena, Bernardo Antonio y otro/ s/ Daños y Perjuicios", donde la Corte provincial revocó una sentencia de Cámara que declaró desierta una apelación por considerar que el sistema Augusta, mostró  errores al brindar la información del expediente.

Noticias

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por Res. 344/2020 (BORA del 22/4/20) dispuso habilitar las plataformas virtuales, (PORTAL SECLO WEB), implementando modalidades remotas para cumplimentar los trámites que requerían hacerlo de manera presencial y facilitar la celebración de audiencias de conciliación, procurando la continuación de cada trámite a iniciarse como también los que se encontraban en curso.
En el marco suscripto por La Ley y el Colegio de Abogados de San Isidro, ofrecemos a los matriculados/das un Ciclo de Conferencias online COVID-19, enfocado en ayudar a los abogados en los desafíos que continúan surgiendo. No arancelado.
Les acercamos un análisis preliminar y descriptivo, enfocado en los aspectos más destacables del Reglamento para los escritos, resoluciones, actuaciones, diligencias y expedientes judiciales que regirá desde el 27/4/20 y para el fuero penal y de Responsabilidad Penal Juvenil desde el 1/6/2020, cfr. Ac. 3975. Por la Dra. Carola Capuano Tomey.
Invitamos a los colegas interesados a participar el jueves 23 de abril a las 16:00 de la conferencia a cargo del Vice Presidente del Banco de la Nación Argentina Matías Tombolini. Disertará acerca de los créditos de emergencia del BNA. (ID zoom 497 266 3099)
El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, se ve en la penosa obligación de salir a desmentir, por única vez, los ya varios comunicados, declaraciones y notas periodísticas de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la PBA y de la Asociación Judicial Bonaerense, que apuntan contra los 65.000 abogados y abogadas de esta Provincia y contra la abogacía organizada.