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La modificación fue aprobada hoy en horas de la madrugada. La misma prevé que la mediación se pueda realizar total o parcialmente a distancia, en el marco de la mediación previa obligatoria. Comentarios. Qué dice la ley.
Guía de recomendaciones importantes ante la reanudación de las actividades de los Abogados y Mediadores relacionadas a la Mediación Prejudicial Obligatoria. Comprende:* Introducción. *Plataforma. *Presentación-sorteo y notificación al Mediador. *Excusación/recusación del mediador. *Aceptación/actividades preparatorias de la mediación. Contacto previo con las partes/letrados. *Fijación de audiencia y notificaciones. *Realización de la audiencia preparatoria/algunas cuestiones. Reunión preparatoria.
Lo organiza e invita la Dirección Provincial de Mediación en conjunto con ODR Latinoamérica y está dirigido a Mediadores y Mediadoras Prejudiciales de la Provincia de Buenos Aires. Abierta la pre-inscripción hasta el 23/4/20. Más detalles.
El Colegio de Abogados de la Provincia, a través de su Comisión de Mediación y Resolución de Conflictos, ha desarrollado una propuesta de protocolo para la realización de las mediaciones ley 13.951 a distancia, para ser implementado resguardando las normas de aislamiento preventivo y obligatorio, tanto para la conclusión de los procesos en trámite como para el inicio de nuevas causas.-
Presentación en sociedad de los nuevos mediadores, que se encuentran realizando el entrenamiento de profesionalización de prácticas, con el propósito posterior de integrar el listado de mediadores del Centro de Mediación de este Colegio de Abogados de San Isidro. Quiénes son.