05
Oct
2017

Se promulgó la nueva ley de honorarios. Jurisprudencia reciente

Jueves 2 de noviembre (2do. encuentro): JORNADAS DE ACTUALIZACIÓN sobre la nueva ley de honorarios en lo que significa una aspiración legítima que revaloriza nuestro ejercicio profesional. Texto de la ley. Invitación académica: Inscripción gratuita. Reserve su vacante. Atención: Jurisprudencia reciente

Un logro para toda la abogacía
Se promulgó la nueva ley de honorarios en lo que significa una aspiración legítima que revaloriza nuestro ejercicio profesional. Una gestión conjunta en beneficio de todos.

  • Jurisprudencia reciente
    "Almagro c/ Medina". 
    Causa Nº MO-32200-2012 R.S. /2017. Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Sala II Dep. Judicial de Morón, 24/10/17
    Destacado: "b) Los recursos referentes a las regulaciones de honorarios. Zanjada tal cuestión queda por tratar lo atinente a las regulaciones de honorarios que llegan apeladas.- Y, en tal sentido, lo primero que debe determinarse es qué ordenamiento resulta aplicable: el del Dec. Ley 8904/77 o el de la ley 14.967, vigente al día de la fecha.- Tenemos al respecto que del texto sancionado de dicha ley (art. 61) existió una observación de parte del Poder Ejecutivo en el Decreto (522, B.O. del 12/10/2017) mediante el cual se la promulgó parcialmente; no surgiendo que, hasta la fecha, la legislatura hubiera insistido a su respecto (arts. 108 a 111 Const. Pcial.) Queda entonces por determinar cuál es el temperamento a adoptar pues, a no olvidarlo, al día de hoy el Decreto Ley 8904/77 se encuentra derogado (art. 63 ley 14.967) habiendo ya entrado en vigencia la nueva ley arancelaria.-Con lo cual, debe determinarse si corresponde dotar -o no- de ultraactividad al Decreto Ley derogado.-
    Así entonces, lo primero que corresponde señalar es la ausencia de una norma que nos indique cómo resolver la cuestión intertemporal, frente a la ya mencionada observación del art. 61.- 
    Nos queda entonces un vacío que, ante la ausencia de precepto específico de la ley arancelaria, debe ser llenado acudiendo al ordenamiento madre: el CCyCN.- Y más puntualmente a su artículo 7, el cual consagra el principio de aplicación inmediata (no retroactiva) de las nuevas leyes.- ... "(Leer el fallo completo)

     "Adeff Miguel G. c/Municipalidad Allen s/Ejecuc. de honorarios. Juzg. de San Pedro. San Nicolás 26/10/2017. Expte. 12966
    Destacado: "...corresponde apliquemos la vigente al momento de esta determinación por ser la regulación de honorarios consecuencia de una relación o situactón ¡uridica existente en términos del art. 7 del CC y C N..." (Leer el fallo completo)

 

Noticias

Te recordamos la obligación de mantener actualizados los datos personales en nuestra matrícula. Tu correo electrónico forma parte de tu domicilio legal.Te explicamos el fundamento de la medida y cómo hacer el trámite.
Se ha establecido un sistema para enviar comunicaciones electrónicas interjurisdiccionales, en el marco de la Ley Nº 22172, desde el sistema de la SCBA "Augusta" hacia el sistema "Bus Federal de Justicia" y la contestación por parte de los órganos jurisdiccionales que se incorporen, utilizando los servicios web aportados por cada uno de los dos sistemas informáticos mencionados.
Ya habilitamos la asignación de turnos on line para tramitar la *firma digital*. Te explicamos qué es, qué alcance tiene, cómo hacerlo de la manera más clara y rápida posible. Podés sacar turno para la instalación de drivers (presencial o remota)
Aclaramos a las/los colegas que, ante una situación de aumento retroactivo del Jus, el aporte previsional debe ser calculado sobre el valor del Jus al momento de la regulación de honorarios y no al nuevo valor del Jus. Invitamos a los colegas a que nos lo hagan saber en caso de no haber sido respetada la Resolución emitida por la Caja de la Abogacía sobre el particular, detallada a continuación.
¿Sabés cómo operar con seguridad por medios electrónicos? El Instituto de Derecho Internacional Privado del CASI, nos trae 10 consejos para que comprar por internet no se vuelva una pesadilla. Textos: Dra. Flavia Medina.