26
Nov
2025

Impuestos sobre Ingresos brutos – Anticipos a los honorarios profesionales

Se hace saber que ha sido derogado el artículo 431 de la Disposición Normativa Serie “B” N.º 1/2004.
Adjuntamos texto actualizado-.
Ya no es necesario acreditarlo en el expediente
  • Se informa que ha sido derogado el artículo 431 de la Disposición Normativa Serie “B” N.º 1/2004.
    En consecuencia, deja de ser obligatorio acreditar en el expediente judicial el pago del Anticipo previo mediante el formulario R114v2 para la tramitación de libranzas o cualquier gestión posterior a la regulación.

No obstante, los profesionales mantienen la obligación de tributar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aunque sin necesidad de presentar su acreditación en el expediente.

Ver resolución nro. 20/2025

 

Fuentes
ARBA