11
Sep
2014

Registro de Abogados y Gestores Administrativos dispuesto por ANSES

Por resolución 479/14 -publicada en el BO el 10/9/2014- creóse el nuevo Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para ejercer la representación de los titulares de derechos o sus causahabientes ante la ANSES para tramitar prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Requisitos. Texto completo.

Se trata de la disposición 479/14 que fuera dictada el 5 de septiembre del corriente. Fue publicada en el Boletín Oficial el 10/9/14. 

Adelanto

Los abogados y/o gestores administrativos que se encuentren inscriptos ante la ANSES deberán cumplimentar, con carácter obligatorio y dentro de los ciento veinte (120) días hábiles administrativos de publicada la presente -10/9/2014-, las obligaciones y los requisitos establecidos en la misma.

Requisitos exigidos

El abogado, para inscribirse en el Registro, deberá presentar la documentación que a continuación se detalla:
a) DNI (original y copia), cuyos datos deberán estar acreditados en ADP.
b) Formulario de alta/modificación de datos.
c) Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para intervenir en trámites ante ANSES.
d) Credencial vigente que lo habilite para el ejercicio profesional en la jurisdicción respectiva. En caso que el abogado actúe en DOS (2) o más jurisdicciones deberá presentar las credenciales correspondientes a cada una de las jurisdicciones en las cuales se encuentre habilitado para el ejercicio profesional (original y copia). La credencial de orden federal será válida para cualquier jurisdicción.
e) Certificado de matrícula vigente emitida por el/los Colegios de Abogados o Cámara Federal donde se encuentre inscripto, con fecha de emisión no anterior a TREINTA (30) días de la presentación ante esta Administración.
f) Declaración jurada en la que manifieste no estar comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 3° de la Ley Nº 17.040 y en el artículo 6° de la Ley Nº 19.549 debiendo, en este último caso, indicar en qué dependencia presta/n servicios el o los funcionarios en cuestión.
g) Constancia que refleje su situación tributaria vigente ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y los Organismos provinciales de recaudación que correspondieren.
 

Fuentes
INFOJUS

Noticias

Ante las reiteradas consultas de los colegas acerca de los domicilios electrónicos y/o procedimientos para diligenciar oficios al Banco Central y al Banco Provincia de Buenos Aires formulamos un sencillo esquema de trabajo. Aclaraciones formuladas mediante la Ac.3/21 de la SCBA.
Quienes necesiten notificar traslados de demandas a TELEFÓNICA DE ARGENTINA SA - TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA SA ya pueden hacerlo en los domicilios electrónicos de ambas empresas acreditados ante la Suprema Corte. Diligenciar oficios. Botón digital.
Como corolario de las continuas propuestas de la colegiación organizada, los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias podrán acceder de forma inmediata a los datos actualizados del DNI por medio de un servicio web del RENAPER.
Después de tantos reclamos desde la Colegiación por consolidar el Expediente Digital, logramos que comenzara a funcionar el Registro de Domicilios electrónicos del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Cómo acceder.
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