Pedido de pase al CASI

SOLICITUD PASE AL COLEGIO- EN LINEA COLPROBA

Para realizar el pase a nuestra Institución, debe cumplimentar este formulario de pase en línea, ingresando a la opción PASE DE INSCRIPCION A OTRO COLEGIO y además actualizar los datos en la Caja Previsional completando el formulario de actualización de domicilios.

Solicitud de pase

Deberá presentarlo en la Secretaria Administrativa
*Formas de hacer el trámite:
* Por e mail, escribir a: [email protected]
* Personalmente, reservar turno previo en: [email protected], o telefónicamente 4732-0303 int. 512
Atención: lunes a viernes de 9:00 a 14:00

Nota

Reglamento Ley 5177
  • Artículo 35: El previo pago de la cuota anual correspondiente en el Colegio donde se halle inscripto será regla general en los casos de pedido de pase a otro Colegio Departamental, debiendo entenderse como “cuota anual” la totalidad del monto que se hubiere fijado, aunque sea divisible el pago en cuotas.

En caso de pedidos de pase de matriculación a otro Colegio Departamental, la cuota anual se dividirá entre ambos Colegios en forma proporcional, tomando como fecha de corte, aquélla de la solicitud de pase.

  • Artículo 38º: Cuando el abogado que solicite el pase a otro Colegio se encuentre en situación de incompatibilidad, no hará falta que solicite rehabilitación, ni que abone la matrícula, debiendo accederse a la petición sin el cumplimiento de ningún requisito previo.

Destacados

Ley 5177
  • Artículo 6

Inciso 4º: Declarar su domicilio real, y el domicilio legal en que constituirá su estudio y servirá a los efectos de sus relaciones con la Justicia y el Colegio.

  • Artículo 58

Inciso 4º: Tener estudio dentro del Departamento Judicial en el que se encuentre matriculado, sin perjuicio de su ejercicio profesional en otros Departamentos Judiciales.
Inciso 5º: Dar aviso al Colegio Departamental de todo cambio de domicilio, como así del cese o reanudación del ejercicio profesional.

Noticias

Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Solicitamos a los matriculados tengan a bien hacernos llegar sus actuales direcciones de e-mails. Para ello pueden completar on line el formulario que ofrecemos al afecto. Hacer mención de: nombre y apellido completos además del Tomo y folio. Agradeceremos difundir esta noticia entre los colegas.
Alerta. Suspenden provisoriamente en el ejercicio de la profesión de abogado a la Dra. Karina Andrea Smiraglia T° VIII F° 108 del Colegio de Abogados de Bahía Blanca, en los términos del art. 26 de la ley 5177, por resolución del 29 de octubre de ese Colegio Departamental.
El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro participa con profundo pesar el fallecimiento del Dr. Eduardo Oscar Do Porto, acaecido el sábado 6 de diciembre del corriente año y expresa las más sentidas condolencias a familiares, colegas y amigos del extinto.