05
Mayo
2018

Pautas interpretativas del Ac. SCBA 3886/18

Ofrecemos una guía, confeccionada por el COLPROBA de la que nuestro Colegio forma parte activa y permanente, para aclarar dudas en relación a la Acordada n° 3886 de la SCBA que establece el nuevo reglamento para las presentaciones por medios electrónicos.
  • A partir del 1 de junio se producirá la digitalización plena del expediente en soporte papel. El mismo podrá ser visualizado en forma íntegra, y con todas las piezas y escritos judiciales que lo componen, a través del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.
  • Con el nuevo acuerdo, se deroga el acta poder para efectuar presentaciones electrónicas establecido en la Res. SCBA 1827/12 y la Res. SCBA 3415/12.

Es objeto de este trabajo -elaborado por el COLPROBA de la que nuestro Colegio forma parte  activa y permanente-, la interpretación de la nueva norma con el objeto de despejar las dudas que se han receptado.

* Noticia relacionada. Espacios de ayuda digital en el CASI. 
* También puede interesarle: SUMARIO: I. Un nuevo paradigma en materia de presentaciones electrónicas en la justicia provincial. • II. El portal web eguro de la Suprema Corte de Justicia: sostén del Sistema de Presentaciones Electrónicas. La auditoría como método de contralor. • III. La regla: obligatoriedad de la utilización del Sistema de Presentaciones Electrónicas. • IV. La excepción: presentación de escritos en soporte papel. • V. Carácter taxativo de las excepciones contempladas. Consecuencias ante la inobservancia del medio en que debe presentarse el escrito. • VI. La derogación del “acta poder” para efectuar presentaciones electrónicas. • VII. Presentación de escritos electrónicos. El cargo judicial. • VIII. Descarga de presentaciones electrónicas. • IX. Las copias de escritos para traslado. • X. Documentos acompañados a las presentaciones electrónicas. •XI. Digitalización de las constancias incorporadas al expediente en soporte papel. • XII. Mantenimiento de presentaciones en formato electrónico. • XIII. Algunas conclusiones preliminares  (Por Bielli, Gastón E. • Nizzo, Andrés L. Publicado en: LLBA2018 (abril), 1 Cita Online: AR/DOC/602/2018)

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Guía para despejar dudas sobre SNPE

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Fuentes
COLPROBA

Noticias

Aviso. Comunicamos a los Colegas que en la Sala de Profesionales de la sede del Colegio en Pilar, ya se encuentra habilitado el servicio de pago mediante el uso de tarjetas de crédito y débito de VISA o MASTERCARD, para diversos conceptos.
A partir del lunes 3 de junio se habilita el ingreso de oficios de medidas cautelares electrónicos, provenientes de juzgados de la Provincia de Buenos Aires. A continuación se detallan los pasos desde que es concedida una medida cautelar electrónica hasta que su resultado se notifica al juzgado por el Registro de la Propiedad.
Registro de la Propiedad de la Prov. de Bs. As.: el 13/5/2019 entrará en vigencia la DTR 1/19 (modif. DTR 7/19). A partir de esa fecha las dos formas de ingreso de publicidad -a través de formularios-, serán: trámite presencial; trámite por ventanilla virtual. Disposiciones. Instructivos.
Mediante el Acuerdo Nº 3930/19 de la Suprema Corte de Justicia bonaerense se agregaron dos materias de juicio en la descripción para los procesos judiciales que se inicien conforme el “Régimen de Receptorías de Expedientes. Archivos del Poder Judicial y Mandamientos y Notificaciones".
El Registro de la Propiedad Inmueble según lo dispuesto en al art. 6º de la Resolución 2809/18 determinó que serán obligatorios a partir del lunes 11 de marzo de 2019 los nuevos modelos de oficio que ponemos a disposición de los interesados.