Condonación y Normalización para Asociaciones Civiles
Nuevo procedimiento de Condonación y Normalización para Asociaciones Civiles declaradas de Interés Público (Ley 15192)
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Nuevo procedimiento de Condonación y Normalización para Asociaciones Civiles declaradas de Interés Público (Ley 15192)
La Suprema Corte de Justicia, mediante Acuerdo Nº 3997 dispuso modificar el Acuerdo Nº 3845, reglamentario de las notificaciones por medios electrónicos.
Fue adecuado el articulado referido al diligenciamiento de cédulas, mandamientos y oficios judiciales, en el marco de la situación sanitaria imperante y en la necesidad de eliminar el soporte papel en el proceso de las notificaciones contempladas en dicho Reglamento
La Mesa Directiva de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, con la firma del Dr. Marcelo Scarpa -colegiado de San Isidro- y otros colegas, promovieron el 29/12/20 ante el Poder Judicial de la Nación una acción de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la Resolución General AFIP Nº 4838/20 que establece un Régimen de Información de Planificaciones Fiscales, y solicitó el dictado de una medida cautelar de no innovar.
CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. Ley 27586. Modificación.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
La FACA solicitó a la SRT “el pleno restablecimiento” del servicio de Comisiones Médicas
Exactamente ocho meses pasaron desde que el gobierno nacional decretara aquel Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Hoy, ya con un ASPO convertido en DISPO (se modificó el Aislamiento por el Distanciamiento), la mayoría de los organismos están volviendo a trabajar –con las lógicas medidas de seguridad-, pero no así el ANSES ni el IPS.
Protocolo para la realización de audiencias en los fueros Penal y de la Responsabilidad Penal Juvenil con asistencia presencial y/o remota.
FEDERACIÓN ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS
Expedición de Cartas poder. Cómo es el trámite
El letrado/letrada deberá presentar un escrito electrónico ante el Tribunal correspondiente solicitando se autorice la firma de carta poder.
El Tribunal, dictará un proveído fijando la fecha y la hora para la comparecencia del trabajador.