07
Abr
2020

Carta al Sr. Presidente de la Nación. Solicitud de medidas de emergencia

El COLPROBA solicitó al Sr. Presidente Dr. Alberto Fernández incluir a los abogados y abogadas dentro de las medidas que se adopten sobre ayuda o asistencia para las PyMES o pequeños comerciantes, equiparando así las dificultades que unos y otros tenemos para el desarrollo de la actividad.
  • carta  al presidente nación

Transcripción de la presentación

La Plata, 1 de abril de 2020

Señor Presidente de la República Argentina
Dr. Alberto Fernández
S/D.
De nuestra mayor consideración:

Tenemos el agrado de dirigirnos al Sr. Presidente, en nombre y representación del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires frente a la extraordinaria situación provocada por la pandemia del COVID-19 (Coronavirus), que entre sus consecuencias ha generado la paralización de las actividades jurídicas profesionales y del sistema judicial de nuestra provincia.

Conoce Ud. muy bien, en su condición de abogado, cómo se desarrolla el ejercicio profesional por las y los profesionales bonaerenses, quienes en su gran mayoría la ejercen en forma independiente (como monotributistas o autónomos).

Las actuales circunstancias implican una paralización en la diaria tarea, que conlleva irremediablemente a la imposibilidad de cobro de honorarios profesionales (de carácter alimentario), que en definitiva es la única fuente de ingresos.

A pesar de ello, hemos cumplido en todo momento con nuestro compromiso profesional  y se han atendido las cuestiones urgentes, garantizando el acceso a la justicia y la resolución de conflictos.

Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente en cuanto a la imposibilidad de ingresos, las abogadas y abogados -al igual que una Pequeña y Mediana Empresa- deben seguir atendiendo sus obligaciones impositivas profesionales y personales, y adicionalmente los restantes erogaciones propias del ejercicio profesional, tales como pago de alquiler de su Estudio Jurídico, salarios de sus empleados colaboradores si lo tuviere, cargas previsionales, etc.

Frente a esta grave situación, y siempre priorizando la salud de nuestros matriculados y nuestras matriculadas, le solicitamos al Sr. Presidente la adopción de medidas concretas que alivien la crítica situación descripta, como ser concretamente la inclusión del ejercicio profesional de la abogacía en todas las resoluciones que se adopten a futuro sobre ayuda o asistencia para las PyMES o pequeños comerciantes, equiparando así las dificultades que unos y otros tenemos para el desarrollo de la actividad.

Sin perjuicio de lo expuesto, adherimos también a la nota de fecha 19-3-20 presentada por la Federación Argentina de Colegios de Abogados, y hacemos nuestras las medidas solicitadas en la misiva.

Esperando su invaluable apoyo, aprovechamos la oportunidad para saludar al Sr. Presidente con nuestra más distinguida consideración.
Dr. Mateo Laborde. Presidente.

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Fuentes
COLPROBA

Noticias

SCBA. Res. 706/20. La Suprema Corte dispuso reiterar el deber de todos los órganos judiciales pertenecientes a los 35 municipios del AMBA incluidos en el art.12 DNU Nº 576/20, de respetar los turnos y guardias mínimas presenciales.
Como consecuencia del Amparo interpuesto por COLPROBA, patrocinado por los Dres. Santiago Quarneti y Diego Isabella, ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata en relación a una presentación efectuada el 14/4/2020, la Justicia ordenó al Gobernador a expedirse si la Abogacía es actividad esencial. Repercusiones de prensa.
La SCBA ha dictado el 24 de junio del corriente la resolución 655 que contempla la apertura progresiva de la justicia estableciendo las pautas para la habilitación y funcionamiento de la actividad jurisdiccional en los Juzgados, Tribunales y dependencias de cabecera y sedes descentralizadas.
Ante las reiteradas gestiones de los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, la SCBA implementó el régimen de ingreso, recepción y posterior distribución diaria por medios electrónicos de todas las causas correspondientes a los fueros civil y comercial, familia, laboral, contencioso administrativo y Juzgados de Paz a partir del 25 /6/20. También comprende inicio de procesos de amparo. Análisis Res. 593/20
Después de reiteradas presentaciones y gestiones -ante las autoridades nacionales y provinciales- de los Colegios de Abogados de la Provincia de Bs. As., la actividad de la Abogacía catalogada como "Servicios Jurídicos" (Nro. 110) está habilitada a partir de la Fase 3 que es donde se encuentran posicionados los cinco partidos que conforman el Departamento Judicial de San Isidro.