03
Abr
2020

CSJN Ac. 9/20. Libranzas electrónicas

La Corte resolvió que se ordenen a través del sistema informático que las libranzas sean exclusivamente de manera electrónica de los pagos por alimentos, indemnización por despido, accidentes de trabajo, accidentes de tránsito y honorarios profesionales de todos los procesos, siempre que hayan sido dados en pago, en tanto lo permita el estado de las causas y así lo considere procedente el juez natural de forma remota (a través de su VPN).

La Corte Suprema de Justicia de la Nación por Ac. 9/20 resolvió que se ordenen a través del sistema informático que las libranzas sean exclusivamente de manera electrónica de los pagos por alimentos, por indemnización por despido, por accidentes de trabajo, por accidentes de tránsito y por honorarios profesionales de todos los procesos, siempre que en todos estos supuestos hayan sido dados en pago, en tanto lo permita el estado de las causas y así lo considere procedente el juez natural de forma remota (a través de su VPN).

Asimismo encomienda  a los distintos tribunales nacionales y  federales que tengan a  su cargo la superintendencia de cada fuero o jurisdicción, que arbitren los medios necesarios para que cada juez natural pueda atender los pedidos de esas libranzas de manera remota, a los fines de priorizar las medidas sanitarias adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional y que esta Corte tiene en cuenta en sus acordadas sobre esta emergencia.

Y por último la Corte Suprema de Justicia nacional requiere al Banco de la Nación Argentina la adecuación de su sistema informático a fin de que se puedan generar esos pagos electrónicos derivados de los procesos judiciales, en cuanto no estén implementados.

 

 

Fuentes
CSJN

Noticias

A partir del lunes 27 de julio estará habilitada la apertura de estudios jurídicos. El comunicado 1707 del Gobierno de la Provincia de Bs. As. lo dispuso en el marco del listado de actividades autorizadas en la "fase escalonada 3" de los municipios del AMBA, entre los cuales se encuentran todos los que comprenden el Departamento Judicial de San Isidro. Protocolo sanitario. Flyers. Actualización normativa.
El Tribunal de Trabajo nro. 6 de San Isidro, ha comenzado a priorizar las audiencias -que fueron suspendidas por la entrada en vigencia del ASPO-, por vía digital. Una iniciativa para replicar.
A partir del 1/7/2020 solo se podrán ingresar pedidos de informes de actos de autoprotección mediante oficios judiciales remitidos de forma electrónica exclusivamente, por intermedio del portal de notificaciones de la SCBA, todo ello en el marco de un proceso judicial en trámite. Correo electrónico.
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