29
Mar
2020

En tiempos de crisis el Derecho del Trabajo es esencial, declaración de FOFETRA

El Foro Federal de Institutos y Comisiones de Derecho del Trabajo de Colegios de Abogados de la República Argentina, ha emitido el 27 de marzo del corriente una declaración titulada: "En tiempos de crisis el Derecho del Trabajo es esencial", cuyo texto compartimos a continuación.

En tiempos de crisis el Derecho del Trabajo es esencial

Desde su nacimiento el Derecho del Trabajo acompañó a las crisis sociales y laborales y debió aportar soluciones para proteger a los más débiles. En momentos críticos es cuando  más se advierte su  condición de herramienta de  justicia  para preservar  los derechos humanos laborales.

En tal dirección, el Foro Federal de Institutos y Comisiones de Derecho del Trabajo de Colegios de Abogados de la República Argentina (FOFETRA) observa con preocupación la necesidad de preservar la salud de los trabajadores frente a la pandemia de coronavirus. EXIGE en consecuencia, el cumplimiento estricto de medidas de higiene y seguridad y UNA AMPLIA E INMEDIATA COBERTURA POR PARTE DE LAS ASEGURADORES DE RIESGOS DE TRABAJO ANTE EVENTUALES CONTAGIOS EN OCASIÓN DEL TRABAJO.

Asimismo, ante la reducción de la actividad económica general y algunos sectores en particular, RECLAMA MEDIDAS DESTINADAS A LA CONSERVACIÓN DEL TRABAJO Y LOS INGRESOS ALIMENTARIOS, tanto de los trabajadores formales como informales. Se debe evitar la destrucción de puestos de trabajo y los despidos injustificados. Las empresas afectadas por la crisis también son motivo de preocupación debiendo asegurarse su continuidad especialmente en las regiones del país con índices sociales de inferior calidad.

De otro lado, se solicita de las administraciones y de las justicias del trabajo  la IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS URGENTES PARA LA CONTINUIDAD DEL  SERVICIO DE JUSTICIA mediante las adaptaciones procesales y tecnológicas que garanticen el acceso al derecho de justicia laboral efectiva.

Finalmente, se recuerda que el EJERCICIO DE LA ABOGACÍA LABORAL ES UN SERVICIO ESENCIAL en las condiciones del art. 6, inc. 6 del Dec. 297/20 y en consecuencia debe ser respetado y asegurado por parte de las fuerzas de seguridad.

27 de Marzo de 2020Consejo Directivo FOFETRA

Foro Federal de Institutos y Comisiones de Derecho del Trabajo de Colegios de Abogados de la República Argentin

Autoridades FORO FEDERAL-FOFETRA. (electas en noviembre de 2019). PERÍODO 2019 – 2021. Presidente: Humberto Pedro Burgos (h) – Salta. Vicepresidente 1°: Claudio Alberto Aquino - San Isidro, Prov. de Buenos Aires. Vicepresidenta 2°: Patricia Noemí Cabanillas Molina – Mendoza. Vicepresidente 3°: Diego Rodrigo Guirado – Santa Fe. Secretaria General: María Fernanda Rosales Andreotti – Catamarca. Secretario General: Walter Damián Pinuer – Neuquén. Secretario Institucional y Académico: Mauricio César Arese – Córdoba. Secretaria de Relaciones Internacionales: Mirta Torres Nieto - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Secretario de Relaciones Internacionales: Sergio Ismael Soucasse - Resistencia, Prov. del Chaco. Secretario de enlace con el Poder Judicial: Diego Javier Tula - San Isidro, Prov. de Buenos Aires. Director Regional NOA: Guillermo Gustavo Ponce – Tucumán. Secretario Regional NOA: Pablo Adrián Rodríguez – Jujuy. Directora Regional CENTRO: María Antonia Belluccia - Rosario, Prov. de Santa Fe. Secretaria Regional CENTRO: Itatí Demarchi Arballo – Villa María, Prov. De Córdoba. Director Regional NEA: Sergio Ismael Soucasse - Resistencia, Prov. del Chaco. Secretario Regional NEA: Ángel Fernando Casadei - Formosa. Director Regional SUR: Eduardo Germán Damonte - Ushuaia, Prov. de Tierra del Fuego. Secretaria Regional SUR: Raquel Cristina Coronel – Río Gallegos, Prov. de Santa Cruz. Director Regional CUYO: Ramiro Pavone – San Juan. Secretaria Regional CUYO: Verónica Barbisan - Mendoza.

 

 

 

Fuentes
Foro Federal de Institutos y Comisiones de Derecho del Trabajo de Colegios de Abogados de la República Argentina 

Noticias

SCBA. Res. 706/20. La Suprema Corte dispuso reiterar el deber de todos los órganos judiciales pertenecientes a los 35 municipios del AMBA incluidos en el art.12 DNU Nº 576/20, de respetar los turnos y guardias mínimas presenciales.
Como consecuencia del Amparo interpuesto por COLPROBA, patrocinado por los Dres. Santiago Quarneti y Diego Isabella, ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata en relación a una presentación efectuada el 14/4/2020, la Justicia ordenó al Gobernador a expedirse si la Abogacía es actividad esencial. Repercusiones de prensa.
La SCBA ha dictado el 24 de junio del corriente la resolución 655 que contempla la apertura progresiva de la justicia estableciendo las pautas para la habilitación y funcionamiento de la actividad jurisdiccional en los Juzgados, Tribunales y dependencias de cabecera y sedes descentralizadas.
Ante las reiteradas gestiones de los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, la SCBA implementó el régimen de ingreso, recepción y posterior distribución diaria por medios electrónicos de todas las causas correspondientes a los fueros civil y comercial, familia, laboral, contencioso administrativo y Juzgados de Paz a partir del 25 /6/20. También comprende inicio de procesos de amparo. Análisis Res. 593/20
Después de reiteradas presentaciones y gestiones -ante las autoridades nacionales y provinciales- de los Colegios de Abogados de la Provincia de Bs. As., la actividad de la Abogacía catalogada como "Servicios Jurídicos" (Nro. 110) está habilitada a partir de la Fase 3 que es donde se encuentran posicionados los cinco partidos que conforman el Departamento Judicial de San Isidro.