03
Abr
2020

Inicio de causas a través del SNPE, 6 al 12/4/2020

Desde el 6 al 12 de abril inclusive se podrán iniciar causas Civiles y Comerciales, de Familia, Contencioso administrativas y Laborales a través del Portal del Sistema de Notificaciones y Presentaciones electrónicas, mediante la opción “ Nuevas causas”. Más detalles. Res. 15 - Instructivo

Inicio de causas a través del portal del Sistema de notificaciones y presentaciones electrónicas.

COVID-19 (CORONAVIRUS)- SCBA- RES. 15/20.

Desde el 6 al 12 de abril inclusive se podrán iniciar causas Civiles y Comerciales, de Familia, Contencioso administrativas  y Laborales a través del Portal del Sistema de Notificaciones y Presentaciones electrónicas, mediante la opción: “Nuevas causas”.

Se iniciarán únicamente ante Juzgado de Paz u Órganos Jurisdiccionales de Primera Instancia que se encuentren de turno y siempre y cuando se trate de causas  de “Urgente despacho o de inminente prescripción de la acción”. 

También se utilizará ésta modalidad  para la interposición de “Queja” ante las Cámaras de Apelación por recurso de apelación denegado o mal concedido.

Qué dice la Resolución de la  SCBA, nº 15/20   -    Instructivo

Los abogados que realicen las respectivas presentaciones completarán en el Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas los datos requeridos habitualmente por las Receptorías de Expedientes Departamentales, constituyendo la presentación firmada una declaración jurada equivalente al Formulario de inicio de Expedientes. El sistema brindará una constancia que oficiará de respaldo y recepción de los datos consignados, independientemente de la presentación remitida.

Expirado el período de excepcionalidad, los Juzgados y Tribunales que hayan recibido presentaciones de inicio de expedientes a través del Portal de Notificaciones y Presentaciones, remitirán los mismos a la Receptoría de Expedientes Departamental, la que procederá a su sorteo y radicación definitiva.

Fuentes
COLPROBA
SCBA

Noticias

SCBA. Res. 706/20. La Suprema Corte dispuso reiterar el deber de todos los órganos judiciales pertenecientes a los 35 municipios del AMBA incluidos en el art.12 DNU Nº 576/20, de respetar los turnos y guardias mínimas presenciales.
Como consecuencia del Amparo interpuesto por COLPROBA, patrocinado por los Dres. Santiago Quarneti y Diego Isabella, ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata en relación a una presentación efectuada el 14/4/2020, la Justicia ordenó al Gobernador a expedirse si la Abogacía es actividad esencial. Repercusiones de prensa.
La SCBA ha dictado el 24 de junio del corriente la resolución 655 que contempla la apertura progresiva de la justicia estableciendo las pautas para la habilitación y funcionamiento de la actividad jurisdiccional en los Juzgados, Tribunales y dependencias de cabecera y sedes descentralizadas.
Ante las reiteradas gestiones de los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, la SCBA implementó el régimen de ingreso, recepción y posterior distribución diaria por medios electrónicos de todas las causas correspondientes a los fueros civil y comercial, familia, laboral, contencioso administrativo y Juzgados de Paz a partir del 25 /6/20. También comprende inicio de procesos de amparo. Análisis Res. 593/20
Después de reiteradas presentaciones y gestiones -ante las autoridades nacionales y provinciales- de los Colegios de Abogados de la Provincia de Bs. As., la actividad de la Abogacía catalogada como "Servicios Jurídicos" (Nro. 110) está habilitada a partir de la Fase 3 que es donde se encuentran posicionados los cinco partidos que conforman el Departamento Judicial de San Isidro.