Inicio de causas a través del portal del Sistema de notificaciones y presentaciones electrónicas.
COVID-19 (CORONAVIRUS)- SCBA- RES. 15/20.
Desde el 6 al 12 de abril inclusive se podrán iniciar causas Civiles y Comerciales, de Familia, Contencioso administrativas y Laborales a través del Portal del Sistema de Notificaciones y Presentaciones electrónicas, mediante la opción: “Nuevas causas”.
Se iniciarán únicamente ante Juzgado de Paz u Órganos Jurisdiccionales de Primera Instancia que se encuentren de turno y siempre y cuando se trate de causas de “Urgente despacho o de inminente prescripción de la acción”.
También se utilizará ésta modalidad para la interposición de “Queja” ante las Cámaras de Apelación por recurso de apelación denegado o mal concedido.
Qué dice la Resolución de la SCBA, nº 15/20 - Instructivo
Los abogados que realicen las respectivas presentaciones completarán en el Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas los datos requeridos habitualmente por las Receptorías de Expedientes Departamentales, constituyendo la presentación firmada una declaración jurada equivalente al Formulario de inicio de Expedientes. El sistema brindará una constancia que oficiará de respaldo y recepción de los datos consignados, independientemente de la presentación remitida.
Expirado el período de excepcionalidad, los Juzgados y Tribunales que hayan recibido presentaciones de inicio de expedientes a través del Portal de Notificaciones y Presentaciones, remitirán los mismos a la Receptoría de Expedientes Departamental, la que procederá a su sorteo y radicación definitiva.