05
Jun
2020

Escritos de inicio de causas destinados a la Justicia de Paz

La Suprema Corte de Justicia resolvió que los escritos de inicio de causas destinados a la Justicia de Paz letrada continuarán realizándose a través del Portal de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas del Poder Judicial, ante los Juzgados de Paz.

Así lo dispuso por medio de la Resolución Nº 565/20, estableciendo que los letrados que realicen las respectivas presentaciones completarán en el Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas el formulario de ingreso de datos que contendrá la información requerida habitualmente, conforme el artículo 51 del Acuerdo 3397 (aplicable según el artículo 65, primer párrafo, del referido decisorio), constituyendo dicha presentación firmada digitalmente una declaración jurada equivalente al formulario de inicio de Expedientes. El sistema brindará una constancia que oficiará de respaldo y recepción de los datos consignados.
En la resolución se recuerda que se podrán presentar aquellos escritos de inicio que requieran urgente despacho o en los que sea inminente la prescripción de la acción, lo que deberá consignarse en el texto de las presentaciones que se remitirán al Juzgado de Paz interviniente.
Asimismo, se establece que en los casos que se actúe por propio derecho y los patrocinados no cuenten con certificados digitales, el escrito se firmará ológrafamente por el litigante en presencia de su abogado. Este será el encargado de generar, suscribir e ingresar en el sistema informático de la Suprema Corte un documento electrónico de idéntico contenido al elaborado en formato papel.
El ingreso en dicho sistema de una presentación de estas características implica la presentación formal del escrito y la declaración jurada del abogado de que se ha cumplido con lo previsto en el párrafo anterior y, a su vez, la asunción de las obligaciones propias del depositario del escrito firmado en forma ológrafa.
El órgano jurisdiccional puede, de oficio o a pedido de parte, ordenar la exhibición del escrito en soporte papel, bajo apercibimiento de que la presentación se tenga por no formulada en caso de incumplimiento. Si la exhibición se hubiera tornado imposible y no mediara culpa del depositario, se citará personalmente a la parte patrocinada a fin de que ratifique la autoría de la presentación y, en su caso, se adoptarán otras medidas pertinentes a tales efectos.

Finalmente, se hace saber que las disposiciones fijadas no modifican los mecanismos excepcionales establecidos en la Resolución SPL Nº 12/20, la que mantiene su plena vigencia.

Fuentes
SCBA

Noticias

La Mesa Técnica de la Defensoría del Niño atiende en línea. Conéctese con nosotros. Atendemos las consultas de los Colegas que lo requieran, Instituciones y servicios de infancia locales que necesiten asesoramiento sobre los derechos de las Niñas, niños y adolescentes.
Desde el 6 al 12 de abril inclusive se podrán iniciar causas Civiles y Comerciales, de Familia, Contencioso administrativas y Laborales a través del Portal del Sistema de Notificaciones y Presentaciones electrónicas, mediante la opción “ Nuevas causas”. Más detalles. Res. 15 - Instructivo
Ante la emergencia sanitaria y la situación de público conocimiento respecto al ejercicio de la profesión, fue cursada una nota a la SCBA para que no se exija la boleta de aportes para libranzas judiciales y que sean los jueces quienes ordenen de forma directa la transferencia de los aportes y contribuciones a la Caja.
Nuestros Jubilados y Pensionados podrán solicitar de manera ONLINE el monto correspondiente a un haber (el que perciba el beneficiario) con interés CERO por ciento. Más detalles
A pesar del aislamiento social, el Colegio de Abogados de Azul, propone aprovechar el tiempo de la cuarentena con un ciclo de capacitaciones vía streaming, con destacados disertantes que abordarán diferentes temáticas. Por un acuerdo con el CASI nuestros matriculados pueden inscribirse.