03
Feb
2021

Extensión del actual esquema de prestación del servicio de justicia, hasta el 28/2/21

La Suprema Corte de Justicia dispuso mantener hasta el 28 de febrero de 2021 inclusive las condiciones y alcances de habilitación y funcionamiento vigentes en los organismos de las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y justicia de paz.

A través de la Resolución SC Nº 14/21, la Suprema Corte de Justicia dispuso mantener hasta el 28 de febrero de 2021 inclusive las condiciones y alcances de habilitación y funcionamiento vigentes en los organismos de las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y justicia de paz.

En detalle, a los fines de la prestación del servicio de justicia provincial, se sostiene la siguiente normativa:

1) Continuidad de la situación de excepción reglada por la Resolución SC Nº 480/20, sus ampliatorias y complementarias;

2) Habilitación y funcionamiento de la actividad jurisdiccional y administrativa, en función de las pautas previstas en las Resoluciones SC Nº 583/20 y Nº 655/20;

3) Régimen especial instituido por las Resoluciones SC Nº 1250/20 y Nº 1251/20.

Encuadrado en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia PEN Nº 67/2021, que mantiene la situación de "Distanciamiento Social y Preventivo Obligatorio" en el territorio provincial hasta el próximo 28 de febrero, lo dispuesto no obsta la posibilidad de incorporar adecuaciones, ajustes o el dictado de nuevas resoluciones motivadas en la eventual reversión de la situación dada en oportunidad del dictado de la presente.

Fuentes
SCBA

Noticias

La SCBA dispuso por Res. Nº 480/20, proseguir el camino hacia fases progresivas de moderada agregación de servicios a través del uso de los medios tecnológicos disponibles y en la medida que no impliquen afluencia o traslado de personas a sedes judiciales. Además:Res. PG SG 214-20 .**De especial interés al final de la nota.
La FACA peticionó a fin de que la abogacía (servicios jurídicos) sea incluida dentro del listado de actividades afectadas en forma crítica a raíz de la propagación del coronavirus, lo que había sido omitido en el listado emitido por la AFIP anexo a la Resolución General 4693/2020.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por Res. 344/2020 (BORA del 22/4/20) dispuso habilitar las plataformas virtuales, (PORTAL SECLO WEB), implementando modalidades remotas para cumplimentar los trámites que requerían hacerlo de manera presencial y facilitar la celebración de audiencias de conciliación, procurando la continuación de cada trámite a iniciarse como también los que se encontraban en curso.
En el marco suscripto por La Ley y el Colegio de Abogados de San Isidro, ofrecemos a los matriculados/das un Ciclo de Conferencias online COVID-19, enfocado en ayudar a los abogados en los desafíos que continúan surgiendo. No arancelado.
Les acercamos un análisis preliminar y descriptivo, enfocado en los aspectos más destacables del Reglamento para los escritos, resoluciones, actuaciones, diligencias y expedientes judiciales que regirá desde el 27/4/20 y para el fuero penal y de Responsabilidad Penal Juvenil desde el 1/6/2020, cfr. Ac. 3975. Por la Dra. Carola Capuano Tomey.