26
Mar
2020

Debe restablecerse el funcionamiento del servicio de justicia en la emergencia

El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y los 20 Colegios departamentales, trabajan denodadamente para el urgente restablecimiento de funcionamiento del Poder Judicial. La Provincia de Buenos Aires y la Suprema Corte de Justicia a la vanguardia en tecnología informática para hacerlo posible y seguro.
  • Debe restablecerse el funcionamiento del servicio de justicia en la emergencia

El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, ante la situación de pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud por el virus COVID 19, solicitó a la Suprema Corte de Justicia que no se interrumpa el acceso a la jurisdicción y se continúe trabajando apoyándose en el expediente electrónico y otras medidas especiales frente a la coyuntura.

El Máximo Tribunal de la Provincia resolvió, por medio del Acuerdo 386/20, disponer asueto hasta el 31 de marzo próximo y la prestación mínima del servicio de justicia, limitada a la atención de asuntos de ¨urgente despacho¨.

En esa inteligencia, se agregó en el sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas,  la opción “Solicitar habilitación de feria” en "Otros datos",  a fines de habilitar un preferente tratamiento; correspondiendo a cada profesional, manifestar y fundar, las razones por las que la presentación involucrada no admite postergación, dada su naturaleza.

Debemos insistir que esta solución de tipo transitorio, no resulta sustentable en el tiempo.

Los justiciables, así como los abogados y las abogadas, necesitan del acceso a la jurisdicción tanto para que se protejan y restablezcan sus derechos vulnerados, como para poder cumplir con la responsabilidad profesional. 

La resolución de la Presidencia del Máximo Tribunal N° 10/2020, así como otras posteriores, tales como las N° 12/2020 y 13/2020 han receptado aportes y propuestas realizadas desde el COLPROBA, las que se venían trabajando en el ámbito de la Comisión de Expediente electrónico y posteriormente en el Comité de Emergencia específico, convocado por la Suprema Corte, en el que hemos participado en representación de la Abogacía provincial.

A partir de los criterios adoptados en las mismas, se encuentran sentadas las bases para que pueda restablecerse, a partir del próximo 1° de abril, un adecuado funcionamiento del servicio de justicia.

Ello sin restricciones basadas en criterios de “urgencia” y protegiendo la salud de trabajadores y trabajadoras judiciales, jueces, juezas, funcionarios y funcionarias, abogadas, abogados, otros auxiliares de justicia y de toda la ciudadanía.

 

Fuentes
COLPROBA

Noticias

SCBA. Res. 706/20. La Suprema Corte dispuso reiterar el deber de todos los órganos judiciales pertenecientes a los 35 municipios del AMBA incluidos en el art.12 DNU Nº 576/20, de respetar los turnos y guardias mínimas presenciales.
Como consecuencia del Amparo interpuesto por COLPROBA, patrocinado por los Dres. Santiago Quarneti y Diego Isabella, ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata en relación a una presentación efectuada el 14/4/2020, la Justicia ordenó al Gobernador a expedirse si la Abogacía es actividad esencial. Repercusiones de prensa.
La SCBA ha dictado el 24 de junio del corriente la resolución 655 que contempla la apertura progresiva de la justicia estableciendo las pautas para la habilitación y funcionamiento de la actividad jurisdiccional en los Juzgados, Tribunales y dependencias de cabecera y sedes descentralizadas.
Ante las reiteradas gestiones de los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, la SCBA implementó el régimen de ingreso, recepción y posterior distribución diaria por medios electrónicos de todas las causas correspondientes a los fueros civil y comercial, familia, laboral, contencioso administrativo y Juzgados de Paz a partir del 25 /6/20. También comprende inicio de procesos de amparo. Análisis Res. 593/20
Después de reiteradas presentaciones y gestiones -ante las autoridades nacionales y provinciales- de los Colegios de Abogados de la Provincia de Bs. As., la actividad de la Abogacía catalogada como "Servicios Jurídicos" (Nro. 110) está habilitada a partir de la Fase 3 que es donde se encuentran posicionados los cinco partidos que conforman el Departamento Judicial de San Isidro.