19
Mar
2020

Certificados relacionados con la matrícula pueden tramitarse por e mail

Sumándonos a las medidas de prevención que la actual situación de emergencia sanitaria nos impone, invitamos a los colegas a tramitar por e mail certificados relacionados a la matrícula profesional, cumpliendo con los requisitos que en cada caso correspondan. Ver los detalles. Este servicio estará disponible cuando reabra el Colegio (1/4/20).
  •  Este servicio estará disponible cuando reabra el Colegio (1/4/20).

Los siguientes certificados podrán ser tramitados por correo electrónico a [email protected] adjuntando la documentación scaneada necesaria y cumpliendo con los requisitos establecidos. (Información sobre MATRÍCULA y formularios)

Certificados de matrícula

Cancelación de matrícula por jubilación

Suspensión de matrícula voluntaria

Suspensión de matrícula por incompatibilidad

Rehabilitación de matrícula

Ante cualquier inconveniente les solicitamos se comuniquen al 4732-0303 interno 512-513 o enviar un mail a [email protected], para una mejor atención por estas vías y evitar concurrir personalmente al Colegio.

Noticias

A partir del 1/7/2020 solo se podrán ingresar pedidos de informes de actos de autoprotección mediante oficios judiciales remitidos de forma electrónica exclusivamente, por intermedio del portal de notificaciones de la SCBA, todo ello en el marco de un proceso judicial en trámite. Correo electrónico.
Se recomienda y sugiere al público en general, a todos los Magistrados/as, Funcionarios/as y Agentes, que prestan funciones en el Edificio Central de Tribunales de San Isidro (Ituzaingó 340), la no concurrencia al mismo, el día de mañana (13/7/2020).
A partir del 8 de julio del corriente la SCBA ha dispuesto un servicio web de asignación de turnos para la concurrencia a la sede de los órganos jurisdiccionales y dependencias de la Suprema Corte ubicadas en los departamentos Judiciales. Será de uso facultativo.
SCBA. Res. 706/20. La Suprema Corte dispuso reiterar el deber de todos los órganos judiciales pertenecientes a los 35 municipios del AMBA incluidos en el art.12 DNU Nº 576/20, de respetar los turnos y guardias mínimas presenciales.
Como consecuencia del Amparo interpuesto por COLPROBA, patrocinado por los Dres. Santiago Quarneti y Diego Isabella, ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata en relación a una presentación efectuada el 14/4/2020, la Justicia ordenó al Gobernador a expedirse si la Abogacía es actividad esencial. Repercusiones de prensa.