19
Mar
2020

Certificados relacionados con la matrícula pueden tramitarse por e mail

Sumándonos a las medidas de prevención que la actual situación de emergencia sanitaria nos impone, invitamos a los colegas a tramitar por e mail certificados relacionados a la matrícula profesional, cumpliendo con los requisitos que en cada caso correspondan. Ver los detalles. Este servicio estará disponible cuando reabra el Colegio (1/4/20).
  •  Este servicio estará disponible cuando reabra el Colegio (1/4/20).

Los siguientes certificados podrán ser tramitados por correo electrónico a [email protected] adjuntando la documentación scaneada necesaria y cumpliendo con los requisitos establecidos. (Información sobre MATRÍCULA y formularios)

Certificados de matrícula

Cancelación de matrícula por jubilación

Suspensión de matrícula voluntaria

Suspensión de matrícula por incompatibilidad

Rehabilitación de matrícula

Ante cualquier inconveniente les solicitamos se comuniquen al 4732-0303 interno 512-513 o enviar un mail a [email protected], para una mejor atención por estas vías y evitar concurrir personalmente al Colegio.

Noticias

Fueron publicadas las medidas atinentes al funcionamiento del servicio de transporte automotor, ferroviario interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional y vuelos de cabotaje (además de los requisitos que deben cumplir las líneas aéreas).Se habilitó el uso de transporte público para los alumnos que asistan a clases presenciales.
Como consecuencia de las gestiones, acciones y reclamos que efectuara el CASI a través de su Comisión de Previsión y Seguridad Social conjuntamente con COLPROBA y FACA se logró el dictado de la normativa que permite el inicio de nuevos trámites virtuales cfr. la resolución 362 en adjunto.
Mediante Resolución SPL Nº 58/20, se prorrogan las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente, con énfasis en la utilización del trabajo remoto y el uso de las tecnologías de la información y comunicación disponibles. Dec.792/20. Prórroga AFIP.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante Resolución SPL Nº 52/20, prorrogar las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente. Resoluciones prorrogadas. Decreto DNU 754/20.
Las personas profesionales ciegas o ambliopes, pueden efectuar presentaciones y notificaciones en soporte papel y desempeñarse del modo en que habitualmente lo hacían, con anterioridad al dictado de normas extraordinarias con motivo de la pandemia de COVID 19. Pueden concurrir a la sede de las dependencias de la Justicia Nacional en lo Civil, sin necesidad de asignación de turno previo. Requisitos.