04
Abr
2017

Boletín de Novedades Jurídicas Nº 179 - Abril 2017

Resumen de noticias jurídicas en el ámbito nacional y en la provincia de Buenos Aires con referencia al acceso a la información pública, temas Impositivos; prórroga para ingreso, sorteo y asignación de causas por medios electrónicos,- Además: selección de acordadas, resoluciones y jurisprudencia de ambas Cortes

Boletín de Novedades Jurídicas Nº 179

Entrega abril 2017

 
SECCIÓN LEGISLACIÓN
Legislación Nacional
 
Ley 27348.- Ley sobre riesgos del trabajo, riesgos del trabajo, ley complementaria, asistencia médica, incapacidad temporaria, incapacidad permanente, asegurador por riesgos del trabajo, derecho laboral, derecho constitucional, salud pública.-BO 24/02/2017
 
Decreto 206/17.- Derecho de acceso a la información pública. Aprobación de la Ley 27275. Normas aclaratorias. Jefatura de gabinete de Ministros. Vigencia. BO 28/03/2017
 
Disposición 11/17.- Prórroga hasta el día 31 de diciembre de la vigencia del Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios, denominado “AHORA 12”, pudiendo ofrecer bienes y/o servicios bajo la modalidad de 3, 6, 12 y 18 cuotas según las categorías. BO 31/03/2017
 
Resolución 4356/17.- Cuadro tarifario de Metrogas a partir del 1 de abril.-Aprobación de los estudios técnico económicos sobre la revisión tarifaria integral de Metrogas S.A., del cuadro tarifario de transición aplicable a partir del 1 de abril y del Plan de Inversiones. BO 31/03/2017
 
Novedades de la Corte

Corte Suprema de Justicia Nacional
Acordada 5/17.- La Corte posterga hasta septiembre el ingreso, sorteo y asignación de causas por medios electrónicos.- Decide postergar, hasta el primer día hábil de septiembre de 2017, la implementación de las cláusulas previstas por la acordada 16/2016 en toda la Justicia Nacional y Federal, cuya vigencia comenzaba a regir el primer día hábil del mes de marzo de 2017. En dicha acordada, la Corte había dispuesto que a partir del primer día hábil de marzo de 2017 el ingreso, sorteo y asignación de causas, en todos los tribunales nacionales y federales del Poder Judicial de la Nación, se realizaría por medios electrónicos. Emitida el 28/03/2017

Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires
Acuerdo 3845/17. Nuevo Reglamento para la notificación por medios electrónicos.
Acuerdo 3842/17. Determinación de los actos procesales de "mero trámite", a los fines previstos en el art. 56 inc. "c" de la ley 5177 (texto según ley 13.419).
Acuerdo 3840/17. Nuevo valor del Jus.
Acuerdo 3839/17. Actualización de la remuneración a la que aluden los arts. 266 y 267 de la Ley 24522 de Concursos y Quiebras.
 
SECCIÓN JURISPRUDENCIA
 
CSJ 159/2012 (48-S/CS1).- Schiffrin, Leopoldo H. c/ Poder Ejecutivo nacional s/acción meramente declarativa.- La Sentencia de la Corte restablece el límite constitucional de 75 años de edad para la función judicial.- En el marco de una causa por la cual se discutió la validez de la cláusula introducida por la Convención Constituyente de 1994 en el art. 99, inciso 4, tercer párrafo, de la Constitución Nacional, restablece el límite de setenta y cinco años de edad para el ejercicio de la función judicial, abandonando de esa forma la doctrina sentada en el caso “Fayt”, en el cual se había declarado la nulidad de la referida cláusula constitucional. Entiende que debe interpretarse que la Ley 24.309 (art. 3, punto e), al habilitar a la Asamblea Reformadora de 1994 a actualizar las atribuciones del Congreso y del Poder Ejecutivo contenidas en la Constitución Nacional, incluyó los diversos componentes del proceso de designación de los jueces federales que impera en nuestro país. Asimismo considera que la Convención Constituyente no ha excedido los límites de la norma habilitante al incorporar dicha cláusula ni tampoco ha vulnerado el principio de independencia judicial, que hace a la esencia de la forma republicana de gobierno. Ello así, en tanto el límite de edad modifica únicamente el carácter vitalicio del cargo, pero no la garantía de inamovilidad. 28/03/2017
 
Causa C 119658 "De Falco Impresores SAICS concurso s/ incidente de revisión".- Aplicación, regulación y distribución de las costas. Remedio extraordinario. Distribución en el orden causado, en todas las instancias.
 
Causa C 120109, "M. , L. V. contra C., F. O. / Divorcio contradictorio".- Carácter abstracto de la cuestión relativa a la culpabilidad e inocencia en el divorcio. Adecuación de las pretensiones de las partes a la nueva normativa vigente.
 
Causa SI 30437/2016.- N., A. s/ Apelación.- Cámara Apelación y Garantías en lo Penal (Sala III) de San Isidro. Delitos contra la propiedad. Usurpación. Restitución del inmueble art. 231 bis del CPP. Gravamen irreparable. Fecha 16/03/2017
 
 
Fuentes
SCBA; CSJN; SAIJ; INFOLEG

Noticias

Determinación de los actos procesales de "mero trámite", a los fines previstos en el art. 56 inc. "c" de la ley 5177 (texto según ley 13.419 conforme el Acuerdo nro. 3842/17 del 8 de marzo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Sus alcances. Excepciones. Texto completo.
Comentarios en relación al fallo de la Quinta Cámara del Trabajo, Primera Circunscripción de Mendoza, expedido el 6 de octubre de 2016, en los autos caratulados: “Ferreyra, Diego Alberto c/La Cabaña de Mendoza SA s/despido”, por el Dr. Claudio Aquino. Texto completo del fallo
Selección de novedades legislativas y jurídicas, entre otras : (Nación) Modificación del Impuesto a las Ganancias; Feriados; conformación Registro de Conciliadores.- (Provincia) Ley Impositiva provincial con los montos de las tasas administrativas y judiciales 14880; Suspensión de términos; Modificación del Código de Faltas.- Fallos provinciales
Se encuentran a disposición de los matriculados, los fallos y plenarios remitidos por gentileza de la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Isidro. Se ha sumado una selección de fallos de las Salas I, II y III de la Cámara Civil y Comercial de San Isidro.
Reciente fallo sanisidrense. La función del letrado comprende la asistencia y dirección jurídica del proceso, asegurando una eficaz defensa de los derechos de su representado, y poniéndolo en conocimiento, entre otros, de las condiciones, alcances y efectos de la suscripción del poder. Pretender que la parte ratifique en primera audiencia la firma del documento como un resguardo adicional, soslayaría la responsabilidad profesional del propio letrado.