27
Mayo
2020

Telefónica Argentina habilitó Mesa de Entradas Digital para recibir notificaciones

Las empresas Telefónica de Argentina S.A. y Telefónica Móviles Argentina S.A han dispuesto una mesa de entradas digital, para recibir notificaciones que deban cursarse -con carácter de domicilio real o denunciado- al domicilio social de ambas. (Av. Independencia 169, CABA)

 

SCBA. SPL 3/20, La Plata 27 de mayo de 2020

VISTO:

La presentación realizada vía correo electrónico por el Sr. Manuel E. Larrondo, apoderado de "Telefónica de Argentina S.A. y Telefónica Móviles Argentina S.A ", en el que informa que han dispuesto una "Mesa de Entradas Digital", en el marco de la "situación de la pandemia por COVID-19 y las medidas de prevención y aislamiento dispuestas en distintas normas y disposiciones por las autoridades u nacionales y locales"; y

CONSIDERANDO:

 I.- Que el presentante señala que la referida "Mesa de Entradas Digital" tiene por objeto recibir en modo electrónico aquellas notificaciones que deban cursarse -con carácter de domicilio real o denunciado- al domicilio social de ambas empresas, sito en la Av. Independencia 169, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En tal sentido, "y al efecto asimismo de que los profesionales intervinientes tomen debido conocimiento, las Compañías informan que han habilitado las siguientes vías digitales de recepción de notificaciones:

1) Cédulas y otras notificaciones: www.movistar.com.ar/buzondigital ;
2) Oficios: reqjudiciales.[email protected] ;

Que, en consecuencia, solicitan "la máxima difusión a los Juzgados del fuero y sus autoridades".

II.- Que, en virtud de ello, y sin perjuicio de haber iniciado las gestiones con las referidas firmas "Telefónica de Argentina S.A. y Telefónica Móviles Argentina S.A " -a través de esta Secretaría de Planificación y la Subsecretaría de Tecnología Informática- para la adhesión de aquéllas al uso del Sistema de Notificaciones y Presentaciones en el marco de la Resolución Nº 2070/19, que permita la comunicación por los medios electrónicos que con cuenta esta Suprema Corte de Justicia, cabe hacer saber a los órganos judiciales de todos los fueros e instancias el mencionado esquema de "Mesa de Entradas Digital" informado por aquellas entidades.

POR ELLO, el Sr. Secretario de Planificación de la Suprema Corte de Justicia en ejercicio de sus atribuciones,

RESUELVE:

Articulo 1º: Hacer saber a los órganos judiciales de todos los fueros e instancias, así como a los órganos de gobierno de la Suprema Corte de Justicia y al Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires el esquema de "Mesa de Entradas Digital" de cédulas, oficios y otras comunicaciones judiciales informado por las firmas "Telefónica de Argentina S.A. y Telefónica Móviles Argentina S.A ", en el marco de la "situación de la pandemia por COVID-19 y las medidas de prevención y aislamiento dispuestas en distintas normas y disposiciones por las autoridades nacionales y locales", de acuerdo a las especificaciones que se realiza en el considerando I de la presente.

Articulo 2°: Regístrese y comuníquese vía correo electrónico.

Fuentes
SCBA

Noticias

Fueron publicadas las medidas atinentes al funcionamiento del servicio de transporte automotor, ferroviario interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional y vuelos de cabotaje (además de los requisitos que deben cumplir las líneas aéreas).Se habilitó el uso de transporte público para los alumnos que asistan a clases presenciales.
Como consecuencia de las gestiones, acciones y reclamos que efectuara el CASI a través de su Comisión de Previsión y Seguridad Social conjuntamente con COLPROBA y FACA se logró el dictado de la normativa que permite el inicio de nuevos trámites virtuales cfr. la resolución 362 en adjunto.
Mediante Resolución SPL Nº 58/20, se prorrogan las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente, con énfasis en la utilización del trabajo remoto y el uso de las tecnologías de la información y comunicación disponibles. Dec.792/20. Prórroga AFIP.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante Resolución SPL Nº 52/20, prorrogar las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente. Resoluciones prorrogadas. Decreto DNU 754/20.
Las personas profesionales ciegas o ambliopes, pueden efectuar presentaciones y notificaciones en soporte papel y desempeñarse del modo en que habitualmente lo hacían, con anterioridad al dictado de normas extraordinarias con motivo de la pandemia de COVID 19. Pueden concurrir a la sede de las dependencias de la Justicia Nacional en lo Civil, sin necesidad de asignación de turno previo. Requisitos.