02
Abr
2020

Solicitud para facilitar el cobro de honorarios y el cumplimiento de medidas judiciales

Ante la emergencia sanitaria y la situación de público conocimiento respecto al ejercicio de la profesión, fue cursada una nota a la SCBA para que no se exija la boleta de aportes para libranzas judiciales y que sean los jueces quienes ordenen de forma directa la transferencia de los aportes y contribuciones a la Caja.

Solicitud para facilitar el cobro de honorarios y el cumplimiento de medidas judiciales

Ante la emergencia sanitaria y la situación de público conocimiento respecto al ejercicio de la profesión, el Director de la Caja de la Abogacía, Dr. Daniel Burke,  cursó una nota a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, para que no se exija la boleta de aportes para libranzas judiciales y que sean los jueces quienes ordenen de forma directa la transferencia de los aportes y contribuciones a la Caja.
De esta manera se trata de facilitar y agilizar el pago de honorarios a los abogados y abogadas.

 

Noticias

Fueron publicadas las medidas atinentes al funcionamiento del servicio de transporte automotor, ferroviario interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional y vuelos de cabotaje (además de los requisitos que deben cumplir las líneas aéreas).Se habilitó el uso de transporte público para los alumnos que asistan a clases presenciales.
Como consecuencia de las gestiones, acciones y reclamos que efectuara el CASI a través de su Comisión de Previsión y Seguridad Social conjuntamente con COLPROBA y FACA se logró el dictado de la normativa que permite el inicio de nuevos trámites virtuales cfr. la resolución 362 en adjunto.
Mediante Resolución SPL Nº 58/20, se prorrogan las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente, con énfasis en la utilización del trabajo remoto y el uso de las tecnologías de la información y comunicación disponibles. Dec.792/20. Prórroga AFIP.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante Resolución SPL Nº 52/20, prorrogar las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente. Resoluciones prorrogadas. Decreto DNU 754/20.
Las personas profesionales ciegas o ambliopes, pueden efectuar presentaciones y notificaciones en soporte papel y desempeñarse del modo en que habitualmente lo hacían, con anterioridad al dictado de normas extraordinarias con motivo de la pandemia de COVID 19. Pueden concurrir a la sede de las dependencias de la Justicia Nacional en lo Civil, sin necesidad de asignación de turno previo. Requisitos.