Rehabilitación

 

FORMULARIO PARA SOLICITAR REHABILITACIÓN DE MATRÍCULA

* Imprimir y completar este formulario de solicitud de rehabilitación de matrícula, comprende el alta en la Caja Previsional.

Requisitos. Trámite

Completar todos los requisitos exigidos en el formulario.
Presentarlos en la Secretaría Administrativa. Opciones (*)
* Por e mail, escribir a: [email protected]
* Personalmente, reservar turno previo en: [email protected], o telefónicamente al 4732-0303 int. 512
Atención: lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Requisitos para solicitar rehabilitación

Requisitos para rehabilitar la matrícula en este Colegio de Abogados Departamental en los casos de abogados y procuradores que se encuentren suspendidos o excluidos de la misma.

  • Presentar la documentación que se detalla a continuación junto con el formulario de rehabilitación completo, en Secretaria Administrativa en el horario de 9:00 a 14:00 (Martín y Omar 339 – San Isidro)

1) Declarar bajo juramento si lo afectan o no las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en los artículos 2º, 3º y 4º de la ley 5177.

2) Declarar su domicilio real, y el legal en que constituirá su estudio y servirá a los efectos de sus relaciones con la justicia y el colegio.

3) Dos (2) firmas de abogados inscriptos en la matrícula de este Colegio de Abogados Departamental que se encuentren activos, con antigüedad mayor a 5 años de matrícula (dorso formulario de rehabilitación). Importante: No pueden ser familiares directos.

4) Certificado de antecedentes penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal.
Sede: Tucumán 1357, CABA. Tel.: 4374-5611/13 de 7:30 a 16:00 (con turno previo).
Delegaciones. CPACF (en el caso de tener matrícula en ese Colegio, sin turno previo) Corrientes 1441, Subsuelo, CABA. Tel.: 4373-3429 de 9:30 a 14:30. 
San Isidro: 25 de Mayo 574. Tel.: 4742-7542 (con turno previo).

Para gestionar turno y realizar el trámite en línea a través de la web www.dnrec.jus.gov.ar y www.argentina.gob.ar/justicia/reincidencia/antecedentespenales

Cualquier ayuda o asesoramiento, comuníquese por teléfono al 0800- 6660055.

Vigencia: 60 días corridos, desde la expedición del certificado al momento de la presentación del formulario de inscripción. Importante: imprimir una (1) copia del certificado.

5) D.N.I. original y fotocopia del mismo.

6) Constancia de CUIT/CUIL.

7) Formulario “actualización de domicilios para trámite de rehabilitación de matrícula” para CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL PARA ABOGADOS DE LA PROV. DE BS. AS.

  • Luego de evaluada la documentación, de acuerdo a lo establecido en el art. 1° “in fine” del reglamento aprobado por el decreto 2885/01, la Secretaría Administrativa le comunicará al interesado la resolución adoptada.
  • En caso de admitirse la rehabilitación deberá el letrado abonar la matrícula anual correspondiente a fin de efectivizarse la misma.

Noticias

Con profundo pesar el Colegio de Abogados de San Isidro comunica el fallecimiento del Dr. Raúl Armando Ravalli, quien se encontraba matriculado en este Departamento Judicial desde el año 1975. Sus restos serán velados en la Casa de Sepelios sita en la Avda. Maipú nro.2170 de Olivos (frente a la Quinta Presidencial) , en el día de la fecha de 10:00 a 14:00.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal en el Salón de Actos de la sede colonial.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal presidida por el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Antonio Carabio.
Con fecha 8 de febrero 2011, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, en la causa 1498/08, caratulada "Telleldin, Carlos Alberto c/Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires s/ Recurso directo art. 74 ley 12008 -texto según ley 13325-", resolvió confirmar la denegatoria de la matrícula provincial de abogado."