03
Jun
2014

Reclamos por estructura y servicios esenciales de Tribunales

Este Colegio de Abogados, al tomar conocimiento del acto-asamblea realizado hoy a las 12:00, por el personal judicial, manifestándose en razón de las condiciones de trabajo en las que deben desenvolverse las tareas de los empleados judiciales en Ituzaingó 340- por cuestiones estructurales y de servicios, se ha dirigido a la AJB San Isidro. Textos de la nota y del reclamo

Ante la protesta de la Asociación Judicial Bonaerense de San Isidro  realizada en el día de la fecha a las 12:00 en el hall del edificio de Tribunales, este Colegio departamental ha cursado una nota manifestando lo siguiente:

* El Colegio de Abogados de San Isidro ha tomado conocimiento del acto-asamblea a realizarse en el día de hoy 3 de junio, por parte del personal judicial, para manifestarse respecto de las condiciones de trabajo en las que deben desenvolverse las tareas de los empleados judiciales, que se vinculan con la infraestructura, servicios esenciales, etc. del edificio central de los Tribunales Departamentales.
Este Colegio de Abogados no puede sino solidarizarse con el justo reclamo de los trabajadores, pero también es dable recordar que esta institución viene desde hace décadas reclamando sobre los mismos temas, y anticipando lo que a la postre sucedería, y hoy es materia de la aludida protesta.
Desde la falta de conservación de un edificio inaugurado en 1977, que ha carecido de mantenimiento mínimo (basta observar la falta de pintura exterior, el estado de los revoques, revestimientos, pasillos, despachos dependencias, baños, etc.).
Se ha producido una irracional y peligrosa incorporación de organismos y oficinas con carga adicional de personal, muebles y papelería, a lo que cabe añadir el deplorable estado de los ascensores, la compra o alquiler de inmuebles  dispersos y en malas condiciones, el atraso tecnológico, todo ha sido materia de observación puntual y constante por parte de este Colegio.
Si bien lo reclamado es cierto, también lo es que quienes los sufren en igual medida son los justiciables que reciben un deficiente Servicio de Justicia, y los abogados que debemos afrontar colas interminables, ascensores que no funcionan, falta de higiene, desplantes, mal trato, desconsideración y un sinfín de situaciones afrentosas.
Es hora de que cada sector asuma su cuota de responsabilidad en el estado de cosas calamitoso en el que se encuentra la justicia bonaerense.
Este Colegio, que ha dado pruebas a lo largo de toda su historia de no callar frente a situaciones que comprometen gravemente la regular marcha del Estado de Derecho, no lo hará ahora ni en el futuro.
Los saluda con la consideración más distinguida. Firmado. Dr. Guillermo E. Sagués. Presidente

* A la Asociación Judicial Bonaerense- San Isidro- , 3 de junio de 2014

Noticias

Compartimos y adherimos a la Carta Abierta que en el día de la fecha el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos dirige a los Legisladores de la Nación Argentina, cuestionando el DNU 70/2023 y el régimen legal reglamentario de los DNU que implica una deformación de la cláusula constitucional y consuma una abdicación de potestades del propio Congreso que resulta inadmisible. Críticas sobre algunas cuestiones introducidas en el proyecto de ley “bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos” (mensaje 7/2023).

Desde el Colegio de Abogados de San Isidro hacemos saber que nuestros Institutos se encuentran abocados al estudio pormenorizado del DNU 70/23, sin perjuicio de la reserva sobre la constitucionalidad del mismo. El Consejo Directivo se encuentra en sesión permanente a los fines de la protección de las incumbencias de la abogacía y del análisis de la posible vulneración a la división de poderes.

* Nuevos dictámenes disponibles
El COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES cuestiona la utilización del decreto de necesidad y urgencia en desmedro del tratamiento legislativo como herramienta para regular temas de tan variada índole que afectan intereses en forma permanente para la ciudadanìa.
El Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, en lo que respecta a la jurisdicción notarial y administrativa normada, es una clara violación a las disposiciones contenidas en los arts.1, 16, 18, 29, 75 inc. 12, 108, 116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional. Nos adherimos y compartimos la Declaración de COLPROBA.
En un anochecer casi tropical despedimos el año junto a nuestras estimadas y apreciados colegas en el espléndido jardín del Colegio. Las imágenes dan cuenta del clima distendido y ameno del encuentro. Nos saludó la Presidenta del Colegio. Más detalles