01
Jun
2020

Reclamo del Colegio a la SRT y Comisiones Médicas

El Colegio reclamó que la SRT y las Comisiones Médicas adopten medidas rápidas, eficaces, y urgentes (resguardando siempre la salud de todos), para restablecer la prestación de varios servicios mediante la Ventanilla virtual, para preservar el derecho de los trabajadores.

Reclamo del Colegio a la SRT y Comisiones Médicas

 

Destacados

El Colegio solicita a la SRT, con carácter  urgente adoptar las siguientes medidas:

1.- Reanudación de Plazos y términos para el dictado de las resoluciones, dictámenes y disposiciones de clausura, conforme resolución 297/2017. Estos pueden realizarse en forma remota y notificarse tal y como viene siendo realizado mediante le Ventanilla Electrónica creada y de uso obligatorio para los letrados en la Resolución 22/2018.

2. Inicio de la totalidad de los trámites a distancia mediante e-Servicios S.R.T. –“Sistema de Ventanilla Electrónica”, o Modulo TAD del Sistema GDE hasta tanto la MESA DE ENTRADAS VIRTUAL de la S.R.T. se encuentre operativa.

3. Operatividad inmediata del Protocolo para la celebración de audiencias ante el Servicio de Homologación en el ámbito de las comisiones médicas, en forma virtual establecido por Resolución SRT 40/20 del 29 de abril del 2020, y para aquellas que potencialmente puedan ser llevadas a cabo mediante dicho protocolo.

4. Reprogramar los turnos previsionales, laborales y de psicodiagnósticos suspendidos desde el 13 de marzo de 2020, estableciendo claramente un estricto protocolo de Seguridad e Higiene donde las personas involucradas (médicos, personal esencial, trabajadores y letrados) respeten el horario del turno asignado, sirviendo el comprobante del turno como permiso de circulación.

Asimismo, cumpliendo con las normas de distanciamiento social, el uso obligatorio de tapabocas, verificación febril en su ingreso, declaración jurada que no estuvieron de viaje o han retornado recientemente en las zonas afectadas, que han guardado la debida cuarentena y que no han tenido contacto estrecho con portadores del virus COVID 19 ni han mostrado ellos síntomas compatibles con la enfermedad y demás recomendaciones integrantes del protocolo de salud.

El ingreso de los usuarios a las Comisiones médicos deberá ser administrado por cada Comisión Medica Jurisdiccional, garantizando el mínimo contacto social indispensable, reitero enfáticamente con las medidas estrictas de resguardo.

5. Habilitación mediante e-Servicios S.R.T. “Sistema de Ventanilla Electrónica”, hasta tanto la MESA DE ENTRADAS VIRTUAL de la S.R.T. se encuentre nuevamente operativa, de las Apelaciones previstas en el Art 16 de la Resolución 298/2018 y el traslado previsto en el 4° Párrafo en forma electrónica.-

6. La Incorporación de 3(tres) Abogados de la matricula profesionales del Derecho de Riesgos del Trabajo designados por la representación Colegial, al Comité de Crisis, creado conforme Resolución S.R.T. N° 22 de fecha 17 de marzo de 2020, con el fin de aportar otra mirada, experiencia e iniciativa a la situación extraordinaria actual.

Noticias

Fueron autorizados los Abogados a circular en el partido de San Isidro a los fines de concurrir a sus espacios de trabajo al solo efecto de obtener o retirar la documentación que, justificadamente, resulte indispensable para el desarrollo de sus actividades en forma remota.- Res. Municipal nro. 309
Aislamiento social, preventivo y obligatorio. Decreto 459/2020. DECNU-2020-459-APN-PTE - Prórroga hasta el 24 de mayo de 2020. Boletín Oficial de la República Argentina del 11 de mayo de 2020.
A raíz de la situación de emergencia sanitaria que impide la libre circulación de las personas, la Secretaría del Juzgado de Paz Letrado de Pilar está trabajando en la implementación de nuevas herramientas tecnológicas para que los letrados y público en general pueda realizar los trámites y consultas habituales, en forma no presencial (art. 6° Res. 480/20 SCBA) . Contactos para agendar.
El Colegio de Abogados de San isidro ha solicitado a las autoridades municipales de la jurisdicción departamental,  la liberación del tránsito para los abogados, de modo de compatibilizar el aislamiento sanitario con las exigencias de la prestación del servicio de justicia.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia estableció mediante la res. 23/20, precisiones respecto al alcance de las reglas dispuestas en los procesos en trámite ante los Juzgados de Familia y la Justicia de Paz en materia de familia.