04
Mar
2020

Pautas de creación de archivos PDF: Sistema de Gestión de Exp. Augusta y Portal de Notificac. y Presentaciones Electrónicas

Fueron aprobadas las siguientes reglas de Buenas Prácticas en la creación de los archivos en formato "PDF" que se adjuntan tanto en el Sistema de Gestión de Expedientes Augusta como en el Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas (SCBA Res. Pres.03-20)

Reglas de Buenas Prácticas en la creación de los archivos en formato "PDF" que se adjuntan tanto en el Sistema de Gestión de Expedientes Augusta como en el Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas

-Si el documento original es solo blanco y negro debe escanearse a una resolución de 200 DPI 0 PPI en escala de Gris (8 bit).

-Si el documento original es a color debe escanearse a una resolución de 200 DPI o PPI a Color (24 bit).

-La funcionalidad de adjuntar archivos en formato PDF debe ser utilizada en los casos en que la documentación se encuentre en formato papel, de lo contrario, el ingreso de texto debe realizarse a través del editor de los Sistemas de Gestión Judicial.

-Para adjuntar electrónicamente la documentación existente en formato papel (v.gr. la acompañada con el escrito de contestación de demanda), debe crearse un único archivo PDF. El nombre del archivo tiene que estar relacionado con su contenido y, en caso que excepcionalmente, deban generarse varios archivos de una misma documentación, al nombre del archivo deberá adicionarse la frase "Parte 1", "Parte 2", etc.

-Las hojas escaneadas no deben estar arrugadas, y en el escaneo deben ser ubicadas correctamente en forma vertical u horizontal, según la disposición del documento original, sin desplazamiento.

-Todos los dispositivos que se utilizan para digitalizar documentación en los organismos de la Suprema Corte de Justicia deben configurarse con los parámetros recomendados en los dos primeros apartados.

Consultar SCBA Res. 03-20

Fuentes
SCBA Res. 03-20

Noticias

Se hace saber que en el sistema de comunicaciones electrónicas interjurisdiccionales, para su correcta identificación y cuantificación, se incorporaron nuevos códigos de materia que reflejan las actuaciones que sean remitidas desde otras jurisdicciones del país, en el marco de la Ley N°22172 (incluidas las que deriven del “BUS FEDERAL DE JUSTICIA”, en aquellos casos en que los oficios no consignen un órgano judicial específico y, por ende, deba ser sorteado el que deba intervenir en la requisitoria respectiva.)
Se hace saber que mediante Resolución SC Nº 1448/25 la SCBA dispuso aprobar la guía para los diligenciamientos interjurisdiccionales que deban efectuarse hacia el Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires en el marco del "Bus Federal de Justicia", la cual se integra como Anexo Único.
Se hace saber que la SCBA estableció la 2da. etapa de comunicaciones con ARBA, en relación al procedimiento de requerimiento y contestación de oficios judiciales por medios electrónicos en supuestos que requieren el pago de una tasa administrativa.
*Se deberá utilizar el sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas, adjuntando el comprobante de pago respectivo.
Hacemos saber que recientemente en San Isidro ha sido creado el Centro de la Defensa Oficial. Además se habilita el espacio de la Defensa Oficial en la Aicaidía del edificio de Tribunales para el uso de los abogados y abogadas de la matrícula.
*Detalles de las funciones del Centro y su conformación
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia, mediante Resolución RP Nº 128/25 dispuso la suspensión de los términos procesales para el día 5 de marzo de 2025, en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.