21
Jun
2020

Otro caso positivo de Covid-19: Juzgado de Familia N°3 (Beccar)

Informamos que ha sido confirmado un caso positivo de Covid-19, en el Juzgado de Familia N°3 que funciona en la Av. Centenario 1860, Beccar, razón por la cual se ha dispuesto el cierre preventivo de dicho edificio para su sanitización.

Informamos que ha sido confirmado un caso positivo de Covid-19, en el Juzgado de Familia N°3 ubicado en la Av. Centenario 1860, Beccar.
Razón por la cual ha sido dispuesto el cierre preventivo de dicho edificio para su sanitización -en donde funcionan además los Juzgados de Familia N° 4, 5 y 6-. 

 

Fuentes
ajb

Noticias

Como consecuencia de las gestiones, acciones y reclamos que efectuara el CASI a través de su Comisión de Previsión y Seguridad Social conjuntamente con COLPROBA y FACA se logró el dictado de la normativa que permite el inicio de nuevos trámites virtuales cfr. la resolución 362 en adjunto.
Mediante Resolución SPL Nº 58/20, se prorrogan las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente, con énfasis en la utilización del trabajo remoto y el uso de las tecnologías de la información y comunicación disponibles. Dec.792/20. Prórroga AFIP.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante Resolución SPL Nº 52/20, prorrogar las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente. Resoluciones prorrogadas. Decreto DNU 754/20.
Las personas profesionales ciegas o ambliopes, pueden efectuar presentaciones y notificaciones en soporte papel y desempeñarse del modo en que habitualmente lo hacían, con anterioridad al dictado de normas extraordinarias con motivo de la pandemia de COVID 19. Pueden concurrir a la sede de las dependencias de la Justicia Nacional en lo Civil, sin necesidad de asignación de turno previo. Requisitos.
Exceptúase de la suspensión de los plazos administrativos establecida por Dec. N° 298 del 19/3/20 y sus prórrogas, a los actos procesales previstos en los trámites de actuación ante las COM. MÉDICAS JURISDICC. y la COM. MÉDICA CENTRAL (dispuestos por Res. S.R.T. Nº 179 del 21/1/15 y N° 298 del 23/2/17), que puedan ser cumplidos de forma remota no presencial.