27
Mayo
2019

Notificaciones de las Salas de la Cámara Penal de San Isidro

La totalidad de las notificaciones que deben cursar las Salas que integran la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro son realizadas exclusivamente a través de la modalidad electrónica, conforme lo dispuesto en el Acuerdo N° 3845 de la SCBA

Exclusividad electrónica

Así fue dispuesto y tal surge de la Resolución de Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo  Penal Departamental 2/19, expedida el 23 de mayo del corriente. Y cuyo texto dice:

“Que mediante Acuerdo N° 3845 el día 22 de marzo de 2017, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires aprobó el nuevo "Reglamento para la notificación por medios electrónicos", y encomendó a la Subsecretaría de Tecnología Informática que realice los ajustes técnicos necesarios a fin de implementar la funcionalidades de adjunción de copias, de remisión electrónica  de cédulas a diligenciarse  en formato papel, así como las medidas  de seguridad adicionales  para dichos instrumentos y la operatoria de comunicaciones entre órganos judiciales y de éstos con entidades públicas. Que la mentada resolución entró en vigencia el día 2 de mayo de 2017.
 
Que los Secretarios de las Salas Primera, Segunda y Tercera que integran esta Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental, efectuaron un requerimiento conjunto a esta Presidencia en la que dan cuenta que han consensuado que la totalidad de las notificaciones que deban cursar las Salas a las partes: Fiscalía General, Defensorías Oficiales o Particulares, ·lo sean en forma electrónica.
Los Secretarios motivaron su presentación en que de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo N° 3845, el sistema de notificaciones electrónicas se implementó en forma gradual y al día de la fecha se encuentran dadas las condiciones para su implementación definitiva. Asimismo, las Salas Primera y Tercera, señalaron que fueron auditadas recientemente por la Subsecretaría de Control de Gestión de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, y luego del relevamiento fueron invitadas a reducir los tiempos que insumen las distintas etapas del proceso, por lo que entienden que las notificaciones por medios electrónicos redundarían en un acortamiento significativo del plazo que insume dicha etapa. Por ello, 
RESUELVO:
l.  HACER SABER que la totalidad  de las notificaciones  que deben cursar las Salas que integran esta Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal; son realizadas exclusivamente a través de la modalidad electrónica, conforme lo dispuesto en el Acuerdo N° 3.845 de  la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires."(II y III de estilo. Firma: Dr. Leonardo Pitlevnik. Presidente).
 
Fuentes
Presidencia E. Cámara de Apelaciones Penal San Isidro

Noticias

Se hace saber que en el sistema de comunicaciones electrónicas interjurisdiccionales, para su correcta identificación y cuantificación, se incorporaron nuevos códigos de materia que reflejan las actuaciones que sean remitidas desde otras jurisdicciones del país, en el marco de la Ley N°22172 (incluidas las que deriven del “BUS FEDERAL DE JUSTICIA”, en aquellos casos en que los oficios no consignen un órgano judicial específico y, por ende, deba ser sorteado el que deba intervenir en la requisitoria respectiva.)
Se hace saber que mediante Resolución SC Nº 1448/25 la SCBA dispuso aprobar la guía para los diligenciamientos interjurisdiccionales que deban efectuarse hacia el Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires en el marco del "Bus Federal de Justicia", la cual se integra como Anexo Único.
Se hace saber que la SCBA estableció la 2da. etapa de comunicaciones con ARBA, en relación al procedimiento de requerimiento y contestación de oficios judiciales por medios electrónicos en supuestos que requieren el pago de una tasa administrativa.
*Se deberá utilizar el sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas, adjuntando el comprobante de pago respectivo.
Hacemos saber que recientemente en San Isidro ha sido creado el Centro de la Defensa Oficial. Además se habilita el espacio de la Defensa Oficial en la Aicaidía del edificio de Tribunales para el uso de los abogados y abogadas de la matrícula.
*Detalles de las funciones del Centro y su conformación
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia, mediante Resolución RP Nº 128/25 dispuso la suspensión de los términos procesales para el día 5 de marzo de 2025, en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.