- Vernes 3 de mayo de 2024. No se atiende por acto asambleario en el CASI
Dirección Provincial de Personas Jurídicas
En el presente sitio encontrará la Normativa aplicable en la provincia de Buenos Aires a los trámites a presentarse por ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas; los formularios y anexos; Tasas Fiscales, traslado y optativas e instructivos de los trámites:
- Asociaciones Civiles
- Fundaciones
- Sociedades Comerciales
- Trámites Judiciales ante la DPPJ
Horario de atención
Lunes a viernes de 9:00 A 11:00
Modalidad
Se atiende solo con turno previo reservado por e mail: [email protected]
Consultas por trámites
Las consultas podrán efectuarse en forma virtual a través del sistema Trámix en (ingresando número de Legajo): http://tramix.persjuri.gba.gov.ar:8080/TRAMIX/
Correo electrónico: [email protected]
Certificación de firmas
Solicitar turno previamente en la Delegación: [email protected]
Se tomarán hasta tres (3) certificaciones de firma por turno.
Tasas | Sociedades comerciales
Abonarán Tasa General de Actuación y Tasa fiscal correspondiente al trámite a realizar; Tasa Traslado, Tasa Delegación (su importe es idéntico al total del pago en concepto de timbrado de la tasa administrativa/fiscal de cada expediente)
Tasas | Asociaciones Civiles, Fundaciones y Mutuales
Abonarán Tasa de Traslado, Tasa de Delegación ($3.000). Se encuentran exentas del pago de Tasa fiscal y General de Actuación.
Tasas preferenciales: optativa (1, 4 o 15 días hábiles). Tasa 1 y 4 días deberán adjuntarse antecedentes inscriptos.
Tasas | Asociaciones Civiles Ley 15192
Las tasas identificadas como “LEY 15192” sólo aplican a las entidades comprendidas en dicha norma:
Clubes de Barrio, Centro de Jubilados, Sociedades de Fomento, Centros Culturales, Jardines Comunitarios, Organizaciones de Comunidades Migrantes y asociaciones civiles con ingresos totales anuales hasta la categoría G del monotributo.