17
Oct
2016

Res. SCBA 2327/16. Consulta abierta. Actos procesales de mero trámite

Por resolución 2327/16 de la SCBA emitida el 13/X/2016, se establece una “Consulta abierta” (procedimiento de elaboración participada) sobre cuáles son los actos procesales de mero trámite entendiéndose que son aquellos que se pueden ingresar al sistema únicamente con la firma del profesional.

Resolución 2327/16. Mesa de Trabajo conformada por Resolución 3272/15.
Procedimiento de elaboración participada para determinar los actos procesales que pueden ser presentados por los letrados con su sola firma.

Apuntes y destacados

  • El artículo 1° establece la propuesta promovida por la Mesa de Trabajo:

"Se entiende - a modo general- que serán de "mero trámite" aquellos actos procesales que sirven para activar el proceso, sin que por medio de él se controviertan o reconozcan derechos.
En este sentido, y acotado a las presentaciones realizadas en un expediente judicial, se consideran como de mero trámite todos los escritos con excepción de:

1) demanda, reconvención y sus contestaciones;
2) oposición y contestación de excepciones;
3) planteo y contestación de incidentes/
4) desistimiento, transacción y allanamiento;
5) Interposición, fundamentación y contestación de recursos”
6) consentimiento de liquidación.

  • Por ende, todas las presentaciones judiciales salvo las anteriores, podrían realizarse con la sola firma del letrado, siendo que esta resolución va en concordancia con lo que establece el Anteproyecto de Reforma del CPCC de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 41 último párrafo.
  • Asimismo, invita a instituciones académicas públicas y privadas, tanto nacionales como provinciales, a elevar sus propuestas y comentarios sobre la temática hasta el 16 de diciembre de 2016.
  • Por tanto el Consejo Directivo ha decidido en su sesión del día 18/10/2016 solicitar urgente dictamen al Instituto de Derecho Procesal del Colegio a estos fines.

 

Noticias

Recordamos a los matriculados que si la interpretación o aplicación de estas disposiciones implicara en algún caso en concreto un incidente o violación del ejercicio profesional, el Colegio recibe tus reclamos en "[email protected]" o bien "[email protected]".
Estamos cerca tuyo. Qué dicen las nuevas disposiciones.
En consonancia con los reiterados reclamos formulados desde la colegiación, la SCBA estableció los alcances de medidas tales como el plan de productividad mensual que deben realizar los jueces que asegure una mejor prestación del servicio; fomento y profundización del uso de herramientas tecnológicas para canalizar actuaciones y peticiones; atención espontánea; las audiencias pueden cumplirse por cualquier medio. Adjuntamos Ac. SCBA 1651/21 y Res. 1928.
Desde la colegiación, el 3 de noviembre de 2021, ante la falta de respuesta a los reclamos efectuados en base a los informes pormenorizados del CASI y persistiendo las disfuncionalidades en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, solicitaron urgente solución a los inconvenientes que desde hace varios meses afectan el ejercicio profesional de los/as matriculados/as.
Tal como lo anunciáramos la semana pasada, frente a los retrasos del Banco Provincia de Buenos Aires, Suc. Tribunales de San Isidro, nos reunimos este 22 de octubre, con funcionarios de la SCBA y el mencionado Banco.
La Colegiación bonaerense solicitó la intervención activa de la SCBA para el mejoramiento del servicio, requiriendo una reunión presencial de la que también participen las autoridades del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Pero hasta tanto se efectivice una solución definitiva, nuestro Colegio abrió un canal de comunicación para retardos de la Suc.Tribunales de San Isidro.