18
Mayo
2020

Informes al Registro de Testamentos mediante oficios electrónicos

A partir del 18/5/2020 solo se podrán ingresar pedidos de informes de testamento mediante oficios judiciales remitidos de forma electrónica exclusivamente, por intermedio del portal de notificaciones de la SCBA.

Informes al Registro de Testamentos mediante oficios electrónicos

A partir del día 18 de mayo de 2020 solo se podrán ingresar pedidos de informes de testamento mediante oficios judiciales remitidos de forma electrónica exclusivamente, por intermedio del portal de notificaciones de la SCBA, todo ello en el marco de un proceso judicial en trámite.

La dirección de correo electrónico a la cual deberán diligenciarse dichos requerimientos, y que deberá ser consignada de forma expresa como “destinatario” al momento de presentar los oficios judiciales en el portal de notificaciones de la SCBA, es la siguiente: [email protected]

Fuentes
Colegio de Escribanos de la Provincia de Bunos Aires

Noticias

La totalidad de las notificaciones que deben cursar las Salas que integran la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro son realizadas exclusivamente a través de la modalidad electrónica, conforme lo dispuesto en el Acuerdo N° 3845 de la SCBA
Por Resolución de la SCBA N° 856/19 se establece que a partir del 6 de mayo de 2019 todos los órganos judiciales deberán confeccionar indefectiblemente los documentos judiciales dirigidos al Registro de las Personas de la provincia de Buenos Aires.
A partir del 2 de mayo de 2019 estará disponible un aplicativo informático para tramitar los oficios de publicación de edictos, informes y consultas al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, el cual deberá ser utilizado por los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias.
Informamos a los colegiados que ya se encuentra disponible la posibilidad de solicitar la inscripción de divorcios mediante el sistema de presentaciones electrónicas. - Detallamos los pasos a seguir para realizar el trámite. Link al portal de pagos.
El Juzgado de Paz de Pilar ha publicado un aviso para los Colegas,advirtiéndoles que únicamente se deberá dar cumplimiento a lo establecido por el Ac.3886, art.4, par.3 (acompañar documentación en papel) en casos en que el Magistrado expresamente lo exija, siempre que la digitalización sea perfectamente legible.