17
Mayo
2020

Informes al Registro de Testamentos, mediante oficios electrónicos

A partir del 18/5/2020 solo se podrán ingresar pedidos de informes de testamento mediante oficios judiciales remitidos de forma electrónica exclusivamente, por intermedio del portal de notificaciones de la SCBA. Correo electrónico.

Informes al Registro de Testamentos mediante oficios electrónicos

A partir del día 18 de mayo de 2020 solo se podrán ingresar pedidos de informes de testamento mediante oficios judiciales remitidos de forma electrónica exclusivamente, por intermedio del portal de notificaciones de la SCBA, todo ello en el marco de un proceso judicial en trámite.

La dirección de correo electrónico a la cual deberán diligenciarse dichos requerimientos, y que deberá ser consignada de forma expresa como “destinatario” al momento de presentar los oficios judiciales en el portal de notificaciones de la SCBA, es la siguiente:

 [email protected]

Fuentes
Colegio de Escribanos de la Prov. de Buenos Aires
Tags

Noticias

El Tribunal de Trabajo nro. 6 de San Isidro, ha comenzado a priorizar las audiencias -que fueron suspendidas por la entrada en vigencia del ASPO-, por vía digital. Una iniciativa para replicar.
A partir del 1/7/2020 solo se podrán ingresar pedidos de informes de actos de autoprotección mediante oficios judiciales remitidos de forma electrónica exclusivamente, por intermedio del portal de notificaciones de la SCBA, todo ello en el marco de un proceso judicial en trámite. Correo electrónico.
Se recomienda y sugiere al público en general, a todos los Magistrados/as, Funcionarios/as y Agentes, que prestan funciones en el Edificio Central de Tribunales de San Isidro (Ituzaingó 340), la no concurrencia al mismo, el día de mañana (13/7/2020).
A partir del 8 de julio del corriente la SCBA ha dispuesto un servicio web de asignación de turnos para la concurrencia a la sede de los órganos jurisdiccionales y dependencias de la Suprema Corte ubicadas en los departamentos Judiciales. Será de uso facultativo.
SCBA. Res. 706/20. La Suprema Corte dispuso reiterar el deber de todos los órganos judiciales pertenecientes a los 35 municipios del AMBA incluidos en el art.12 DNU Nº 576/20, de respetar los turnos y guardias mínimas presenciales.