04
Mar
2020

Pautas de creación de archivos PDF: Sistema de Gestión de Exp. Augusta y Portal de Notificac. y Presentaciones Electrónicas

Fueron aprobadas las siguientes reglas de Buenas Prácticas en la creación de los archivos en formato "PDF" que se adjuntan tanto en el Sistema de Gestión de Expedientes Augusta como en el Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas (SCBA Res. Pres.03-20)

Reglas de Buenas Prácticas en la creación de los archivos en formato "PDF" que se adjuntan tanto en el Sistema de Gestión de Expedientes Augusta como en el Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas

-Si el documento original es solo blanco y negro debe escanearse a una resolución de 200 DPI 0 PPI en escala de Gris (8 bit).

-Si el documento original es a color debe escanearse a una resolución de 200 DPI o PPI a Color (24 bit).

-La funcionalidad de adjuntar archivos en formato PDF debe ser utilizada en los casos en que la documentación se encuentre en formato papel, de lo contrario, el ingreso de texto debe realizarse a través del editor de los Sistemas de Gestión Judicial.

-Para adjuntar electrónicamente la documentación existente en formato papel (v.gr. la acompañada con el escrito de contestación de demanda), debe crearse un único archivo PDF. El nombre del archivo tiene que estar relacionado con su contenido y, en caso que excepcionalmente, deban generarse varios archivos de una misma documentación, al nombre del archivo deberá adicionarse la frase "Parte 1", "Parte 2", etc.

-Las hojas escaneadas no deben estar arrugadas, y en el escaneo deben ser ubicadas correctamente en forma vertical u horizontal, según la disposición del documento original, sin desplazamiento.

-Todos los dispositivos que se utilizan para digitalizar documentación en los organismos de la Suprema Corte de Justicia deben configurarse con los parámetros recomendados en los dos primeros apartados.

Consultar SCBA Res. 03-20

Fuentes
SCBA Res. 03-20

Noticias

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El Colegio te mantiene informado acerca de las últimas novedades dispuestas por la la SCBA. La Suprema Corte resolvió que el sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas no estará disponible entre las 22:00 del 5 de abril y las 03:00 del 10 de abril del corriente año.
La firma digital avanza y reemplazará en fecha aun no determinada a la firma electrónica. El trámite es presencial, por eso te alertamos para que agendes un turno y evitar complicaciones innecesarias. Más detalles y beneficios.
Te explicamos las diferencias entre la firma electrónica y la digital conforme su regulación legal; los alcances de cada una; su valor probatorio. La obligatoriedad establecida por la SCBA en el Portal de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas.
***Firma digital: trámite presencial en el Colegio previo turno. Concurrir con DNI, notebook y token.
Hacemos saber que a través de la Resolución SC Nº 366/23, se dispuso la suspensión de los términos procesales el día 17/3/23 en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Sobre esa cuestión desde la colegiación se había elevado una solicitud a la SCBA: