20
Feb
2020

El Estudio Jurídico también está en la Nube

El Estudio Jurídico también está en la Nube. Lo redefinió el Consejo Superior de COLPROBA al determinar que la inviolabilidad del estudio profesional trasciende el ámbito edilicio y debe extenderse a equipos informáticos, computadoras, tablets y smartphones.
  • El Estudio Jurídico también está en la Nube

El Estudio Jurídico también está en la Nube

Lo redefinió el Consejo Superior de COLPROBA, del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente.

 

Determinó que la inviolabilidad del estudio profesional trasciende el ámbito edilicio y debe extenderse a equipos informáticos, computadoras, tablets y smartphones.

En la sesión del 19 de diciembre de 2019, emitió una resolución donde establece que debe considerarse como “estudio profesional”, en los términos del artículo 69 de la Ley 5177, al conjunto de bienes materiales, inmateriales, digitales, electrónicos y de todos aquellos soportes utilizados por los profesionales para llevar a cabo sus tareas.

De ésta manera se extendió la inviolabilidad del estudio profesional y/o jurídico del ámbito edilicio a equipos informáticos, plataformas donde el profesional almacene documentación, servicios de mensajería instantánea y/o correo electrónico, servicios de almacenamiento en la nube o físicos, redes sociales y otros donde pueda existir información compartida con el justiciable. Todo lo que deberá quedar al amparo del secreto profesional.

En consecuencia cuando se dispongan medidas sobre un estudio profesional y/o jurídico conceptualizado de la forma precedente, los organismos jurisdiccionales deberán arbitrar mecanismos adecuados para posibilitar el contralor por parte del Colegio de Abogados Departamental respectivo. Se Comunicó la presente resolución a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y a la Procuración General a los efectos.

 

Circular nro. 6748 (14/2/20) Protección del Estudio profesional (art. 69 ley 5177)

 

 

 

---

Fuentes
COLPROBA

Noticias

A partir de la sanción de la ley 14967 se han constatado alrededor de 300.000 regulaciones de honorarios practicadas por debajo de los mínimos legales. En la actualidad, las cifras se siguen incrementando. Los mínimos arancelarios son -a través de los aportes que generan- los mínimos ingresos que puede soportar el funcionamiento regular de la Caja para cumplir los fines para los que fue creada.
El Dr. Guillermo Sagués analiza el tema refiriéndose al panorama de situación. Las obligaciones básicas de los jueces. La inaplicación de la ley de aranceles: ¿una política del Pod. Judicial o un caso de anomia extendido y grave? Responsabilidad del estado provincial. Responsabilidades y deberes de la Caja de Prev. Social y de los Colegios de Abogados.

El 8 de marzo de 2024 con motivo del Día Internacional de la Mujer, se llevará a cabo una jornada conmemorativa convocada por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires. El encuentro será a las 14:30, en Larroque 2360, sede del Colegio de Abogados de Lomas de Zamora.
El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y la Caja de Previsión Social para Abogados de la provincia de Buenos Aires presentaron una Acción declarativa de nulidad constitucional, para que se declaren la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de los artículos 21, 23 y 24 de la ley 26122.
Autoridades del Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires fueron recibidas el 14 de febrero del corriente, por el el Mtro. de Justicia y DDHH de la Nación, Dr. Cuneo Libarona, oportunidad en que abordaron temas de interés profesional y colegial.
Compartimos y adherimos a la Carta Abierta que en el día de la fecha el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos dirige a los Legisladores de la Nación Argentina, cuestionando el DNU 70/2023 y el régimen legal reglamentario de los DNU que implica una deformación de la cláusula constitucional y consuma una abdicación de potestades del propio Congreso que resulta inadmisible. Críticas sobre algunas cuestiones introducidas en el proyecto de ley “bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos” (mensaje 7/2023).