20
Ago
2014

Firma electrónica.Ventajas. Requisitos. Instructivos

Actualización, 16/10/14.Firma digital electrónica.Los letrados pueden realizar presentaciones por vía electrónica desde el Portal WEB de Notificaciones, dejándolas disponibles para que los organismos de destino procedan a su confronte, despacho y posterior tramitación, en caso que así se requiera. Aclaraciones. Drivers para dispositivo USB token. Guía de solicitud de Certificado Digital e instructivo

 

N/R: actualización al 16/10/2014

FIRMA ELECTRÓNICARecientemente la Suprema Corte de Justicia envió mails a los matriculados que habían solicitado la Firma Electrónica con el sistema viejo (antes de mayo 2014) para que soliciten un nuevo certificado digital. 
Para efectuar la solicitud en el nuevo sistema (Ingresando a https://firmadigital.scba.gov.ar ) deberán contar con un TOKEN homologado por la SCBA.
Los certificados viejos funcionarán hasta el 22/10/14, por lo tanto, no podrán acceder más al sistema de presentaciones y notificaciones de la SCBA a menos que hayan realizado la solicitud del nuevo certificado. Adjunto al presente se remite el INSTRUCTIVO para la solicitud del certificado con el nuevo sistema.
Se recuerda que toda la información consta en la página del COLPROBA (en el Menú la opción Firma Electrónica).

 


Utilización de la firma digital. Aclaración

  Resoluc. SCJBA n° 1827/12

 

  • Si ud. desea utilizar la “Firma Digital” a través de un TOKEN, debería adquirirlo antes de confeccionar la solicitud del certificado, a fin que éste (el certificado) sea generado directamente sobre el dispositivo criptográfico (token).

Drivers para dispositivo USB token

Guía de solicitud de Certificado Digital para Abogados de la Provincia de Buenos Aires

* 1- Ingresar a http://firmadigital.scba.gov.ar  y realizar las configuraciones previas. (Ver páginas 1 y 2 del instructivo).

* 2- Descargar certificado de raíz de la autoridad certificante en: https://firmadigital.scba.gov.ar/descargarcertificadosca_crl.aspx   - (Ver páginas 2 y 3 del instructivo).

          Paso 3 opcional (dependiendo de la utilización del token)

* 3- Descargar los drivers del token  dependiendo de la versión de windows y el sistema operativo en la parte inferior de la siguiente página: http://www.scba.gov.ar/servicios/presentaciones.asp     -luego deberá reiniciar la pc. (Ver página 4 del instructivo).

* 4- Solicitud y generación del certificado: (Ver páginas  5 y 6 del instructivo).

En caso de que utilice token, el mismo deberá estar insertado en el puerto USB de la pc. Al acceder a la generación del certificado le solicitará una clave que por default es 12345678 y automáticamente solicitará el cambio de la misma, la cual debe contar con 8 dígitos/letras.

* Ingrese a:  https://firmadigital.scba.gov.ar/solicitudcertificado.aspx y complete los datos correspondientes. Luego deberá imprimir la confirmación  que le llegará por e-mail.

* Es muy importante recordar su clave personal, pues esta institución no tiene acceso a los registros de claves ni puede recuperarlas o editarlas.

* Una vez realizado el correspondiente trámite y la solicitud de certificado, deberá presentarse en la Secretaría administrativa del Colegio  (Martín y Omar 339, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00) junto con su DNI y  una fotocopia del mismo, credencial de abogado y copia de la confirmación.

* Luego de  aprobada la solicitud por el Colegio de Abogados de San Isidro, recibirá la confirmación por e-mail junto a un link el que deberá ser presionado para descargar el certificado (En caso de ser con token debe estar colocado en el puerto USB previo a descargarlo).

* Acceda al folleto: Comenzar a utilizar el sistema de notificaciones electrónicas
 

Noticias

Los plazos comienzan a correr el día hábil siguiente al de la notificación (art. 156 CPCC), sea esta electrónica o física. O sea, el día de nota siguiente se computa -en lo electrónico- a los efectos de que se produzca la notificación pero, una vez operada la misma, los plazos se computan normalmente.
La SCBA confirmó la necesidad de adjuntar, el escrito original, digitalizado y con firma de la parte, cuando la presentación es efectuada por quien actúa por derecho propio y con patrocinio letrado. Fueron desestimados error material y exceso ritual.
Invitamos a consultar este manual ya que se trata de un compendio de acordadas, resoluciones, tutoriales y videotutoriales de actualidad en el proceso electrónico bonaerense. También incluye las últimas novedades del expediente digital. Detalle de sus contenidos. Reconocimientos.
La Suprema Corte provincial modificó el Acuerdo 3845 que reglamenta las notificaciones por medios electrónicos. Adecuaciones en el Reglamento para la notificación por medios electrónicos.
Incorporación de código QR.
Se trata del Ac. 3997 emitido el 16/12/2020.
En 2 minutos le explicamos cómo pagar electrónicamente la Tasa de Justicia ya sea por los sistemas de banca virtual, como por cajeros automáticos de la red Link o tarjetas de crédito y débito. Acceda al vídeo del Colegio