31
Mar
2020

Exclusivo. Certificado para casos excepcionales y urgentes

El Colegio de Abogados de San Isidro continuará el servicio para sus matriculados, de emisión del "Certificado para casos excepcionales y urgentes".Se gestiona por e mail. Otros certificados y resoluciones.

Aclaración

El  Colegio de Abogados de San Isidro, continuará el servicio de emisión de "Certificado para casos excepcionales y urgentes" que viniera prestando,  on line, para sus Matriculados, desde el inicio de la emergencia sanitaria con motivo de la epidemia del coronavirus.

INSTRUCTIVO PARA OBTENER EL CERTIFICADO DE ACTUACIÓN
PARA CASOS URGENTES Y EXCEPCIONALES
EMITIDO POR EL CASI

 

Trámite por e mail: [email protected]

Aquellos colegas que deban llevar a cabo una actuación profesional excepcional y urgente, y necesiten contar con un certificado que así lo acredite, tendrán que:
1) Enviar por  e mail a [email protected] una nota con carácter de DECLARACIÓN  JURADA, al Consejo Directivo donde especifiquen:
a) las  iniciales de la persona o grupo de ellas a las que deberá asistir;
b) la descripción de la causa que suscita su intervención y los datos del expediente si los tuviera;
c) los datos de matriculación (tomo y folio) en este Colegio profesional, manifestando que se encuentra activo en la matrícula.

2) El matriculado recibirá en su correo electrónico la certificación expedida por SECRETARÍA. 

 

Certificado Único Habilitante para Circulación

El  Ministerio  del Interior por Res. 48/2020 estableció la vigencia del Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 que se gestiona  a través de la plataforma digital para hacer el trámite.  ("Mis Trámites a distancia")
Validez del certificado: una vez emitido el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID19”, tendrá vigencia por el plazo de SIETE (7) días corridos. Superado el plazo, puede volver a solicitarse.
*Decisión Administrativa 446/2020 DECAD-2020-446-APN-JGM - Certificado Único Habilitante para Circulación. Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2020 Fecha de Publicación: B.O. 1/04/2020.
*Síntesis. Validación de la situación de quienes se encuentren comprendidos dentro de alguna de las excepciones previstas. Se fija la fecha (6/4/20)  a partir de la cual la totalidad de los particulares deberán acreditar tal condición a través del Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19. Cómo se gestiona. Instructivo

 

 

 

Fuentes
Ministerio del Interior
https://tramitesadistancia.gob.ar/

Noticias

Por Resolución SPL Nº 45/20 la SCBA prorroga las medidas dispuestas para el desarrollo del servicio en el ámbito de la Administración de Justicia, de acuerdo a las decisiones impartidas por las autoridades competentes en el contexto de emergencia sanitaria. Ver DNU 714/20.
Exceptúase de la suspensión de los plazos administrativos establecida por Dec. N° 298 del 19/3/20 y sus prórrogas, a los actos procesales previstos en los trámites de actuación ante las COM. MÉDICAS JURISDICC. y la COM. MÉDICA CENTRAL (dispuestos por Res. S.R.T. Nº 179 del 21/1/15 y N° 298 del 23/2/17), que puedan ser cumplidos de forma remota no presencial.
La SCBA dispuso, por Res. SPL Nº 40/20 prorrogar las medidas dispuestas para el desarrollo del servicio en el ámbito de la Administración de Justicia, de acuerdo a las decisiones impartidas por las autoridades competentes en el contexto de emergencia sanitaria. (De interés: adjunto Dec. 677/20)
La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín dispuso el 7/8/20 el cierre preventivo de ambos Juzgados Federales en lo Criminal y Correccional con asiento en San Isidro. Fue declarado día inhábil el viernes 7/8/2020. Texto de la Resolución 27/20 CFASM
Fue aprobado el 10/8/2020, el Protocolo Covid 19 para la Dirección General de Notificaciones (Corte Suprema de Justicia de la Nación) el que tendrá vigencia hasta el 31/12/2020, salvo que la situación amerite su prórroga. (Aviso: Cédulas 22.172 por turnos y categorías)