31
Mar
2020

Exclusivo. Certificado para casos excepcionales y urgentes

El Colegio de Abogados de San Isidro continuará el servicio para sus matriculados, de emisión del "Certificado para casos excepcionales y urgentes".Se gestiona por e mail. Otros certificados y resoluciones.

Aclaración

El  Colegio de Abogados de San Isidro, continuará el servicio de emisión de "Certificado para casos excepcionales y urgentes" que viniera prestando,  on line, para sus Matriculados, desde el inicio de la emergencia sanitaria con motivo de la epidemia del coronavirus.

INSTRUCTIVO PARA OBTENER EL CERTIFICADO DE ACTUACIÓN
PARA CASOS URGENTES Y EXCEPCIONALES
EMITIDO POR EL CASI

 

Trámite por e mail: [email protected]

Aquellos colegas que deban llevar a cabo una actuación profesional excepcional y urgente, y necesiten contar con un certificado que así lo acredite, tendrán que:
1) Enviar por  e mail a [email protected] una nota con carácter de DECLARACIÓN  JURADA, al Consejo Directivo donde especifiquen:
a) las  iniciales de la persona o grupo de ellas a las que deberá asistir;
b) la descripción de la causa que suscita su intervención y los datos del expediente si los tuviera;
c) los datos de matriculación (tomo y folio) en este Colegio profesional, manifestando que se encuentra activo en la matrícula.

2) El matriculado recibirá en su correo electrónico la certificación expedida por SECRETARÍA. 

 

Certificado Único Habilitante para Circulación

El  Ministerio  del Interior por Res. 48/2020 estableció la vigencia del Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 que se gestiona  a través de la plataforma digital para hacer el trámite.  ("Mis Trámites a distancia")
Validez del certificado: una vez emitido el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID19”, tendrá vigencia por el plazo de SIETE (7) días corridos. Superado el plazo, puede volver a solicitarse.
*Decisión Administrativa 446/2020 DECAD-2020-446-APN-JGM - Certificado Único Habilitante para Circulación. Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2020 Fecha de Publicación: B.O. 1/04/2020.
*Síntesis. Validación de la situación de quienes se encuentren comprendidos dentro de alguna de las excepciones previstas. Se fija la fecha (6/4/20)  a partir de la cual la totalidad de los particulares deberán acreditar tal condición a través del Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19. Cómo se gestiona. Instructivo

 

 

 

Fuentes
Ministerio del Interior
https://tramitesadistancia.gob.ar/

Noticias

Fueron autorizados los Abogados a circular en el partido de San Isidro a los fines de concurrir a sus espacios de trabajo al solo efecto de obtener o retirar la documentación que, justificadamente, resulte indispensable para el desarrollo de sus actividades en forma remota.- Res. Municipal nro. 309
Aislamiento social, preventivo y obligatorio. Decreto 459/2020. DECNU-2020-459-APN-PTE - Prórroga hasta el 24 de mayo de 2020. Boletín Oficial de la República Argentina del 11 de mayo de 2020.
A raíz de la situación de emergencia sanitaria que impide la libre circulación de las personas, la Secretaría del Juzgado de Paz Letrado de Pilar está trabajando en la implementación de nuevas herramientas tecnológicas para que los letrados y público en general pueda realizar los trámites y consultas habituales, en forma no presencial (art. 6° Res. 480/20 SCBA) . Contactos para agendar.
El Colegio de Abogados de San isidro ha solicitado a las autoridades municipales de la jurisdicción departamental,  la liberación del tránsito para los abogados, de modo de compatibilizar el aislamiento sanitario con las exigencias de la prestación del servicio de justicia.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia estableció mediante la res. 23/20, precisiones respecto al alcance de las reglas dispuestas en los procesos en trámite ante los Juzgados de Familia y la Justicia de Paz en materia de familia.