09
Mayo
2017

Declaración. Fallo de la CSJN. Norma del "2x1" y delitos de lesa humanidad

Ante el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que resolvió aplicar la norma procesal denominada “2 x 1” en una causa en la que existe condena por delitos de lesa humanidad, el Colegio de Abogados de San Isidro emite la siguiente declaración:

Declaración

Ante el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que resolvió aplicar la ley 24390, norma procesal denominada “2 x 1” en una causa en la que existe condena por delitos de lesa humanidad, el Colegio de Abogados de San Isidro declara:

1) El respeto a la independencia judicial no comprende limitación alguna para que las resoluciones de los jueces sean sometidas al escrutinio público y consecuentemente sujetas a críticas, como sucede respecto de los otros poderes del estado.

2) En ese sentido, advertimos con grave preocupación que la aplicación de la norma en cuestión -ya derogada hace muchos años respecto de delitos "comunes"- sea precisamente aplicada a casos en los que por tratarse de condenas por la comisión de delitos considerados de lesa humanidad no admiten la aplicación de instituciones reconocidas en el derecho penal común como la prescripción, generando una disminución concreta de las penas impuestas.

3) Señalamos asimismo, que los cambios de criterio de los Jueces en cuestiones idénticas son admitidos siempre con el imperativo recaudo de que se consignen las razones que los justifican en razón del mandato constitucional que ordena motivar adecuadamente sus resoluciones, circunstancia que no se verifica en el voto de la Jueza que integrara la mayoría.

4) La decisión omite considerar que los magistrados judiciales (y más aun los que integran las máximas instancias) están obligados a seguir con rigor el principio que ordena ponderar adecuadamente la previsibilidad de las consecuencias de sus decisiones en razón del impacto que ocasionan en el cuerpo social, y su repercusión en las instituciones básicas de la República según la conocida jurisprudencia de la propia Corte Suprema.

5) Finalmente, consideramos que con este fallo el Máximo Tribunal de la República en nada contribuye a mantener el prestigio conseguido por nuestro país en punto a sostener la Memoria, Verdad y Justicia, base de la paz social y garante del proceso democrático iniciado en 1983.
San Isidro, 9 de mayo de 2017.

  • Noticias relacionadas

INFOBAN | Política| Mayo 10 de 2017. El Colegio de Abogados de San Isidro opinó sobre el fallo de la Corte que admitió el 2x1 a represores

Noticias

El viernes 12 de diciembre a las 9 de la noche es la cita señalada para despedir el año en los jardines del Colegio. Se ha previsto "estacionamiento gratuito" en las cocheras de Acassuso 454. Reservemos esta fecha como el compromiso especial para festejar el fin del año 2014 junto a todos nuestros colegas. Venta de tarjetas a partir del primero de diciembre
A disposición de los interesados la copia de la resolución judicial dictada en la acción de amparo, por la cual se rechazaron los recursos interpuestos por la ANSES contra la resolución que hizo lugar a la denuncia del incumplimiento de la medida cautelar oportunamente decretada. Además la resolución de ANSES que autoriza a los abogados a intervenir como apoderados
El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires interpuso acción de inconstitucionalidad contra el registro de abogados creado por Res. 479 de la ANSES. Solicitó se decrete en forma urgente una medida cautelar que suspenda la aplicación del mismo y se ordene a ANSES permita a los abogados iniciar trámites Previsionales sin previa inscripción en dicho Registro. Otros Colegios.
El Proyecto de Ley de Autarquía del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires será el tema a tratar el próximo lunes 27 de octubre a las tres de la tarde. El encuentro será en la sede académica del Colegio de Abogados de San Isidro, Acassuso 442. Informes
Coartar la posibilidad de un debate parlamentario, con análisis jurídicos serios es privar a la ciudadanía argentina de los objetivos primordiales que tuvieron los primeros Constituyentes en el Preámbulo de nuestra Carta Magna. Declaración emitida el 30 de septiembre de 2014, por el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro