07
Abr
2020

Cuentas bancarias judiciales, transferencias y normalización de la operación electrónica

Por Res 16/20 la SCBA resolvió que en el marco de la Emergencia Sanitaria todas las órdenes de pago con débito en las cuentas judiciales que libren los titulares de los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias, deberán realizarse mediante trasferencias electrónicas, aun de montos iguales o inferiores a $ 30.000 en función de la normativa del BCRA.

SCBA. Res. 16/20.
COVID-19 (Coronavirus). Realización de transferencias electrónicas para el pago con débito en cuentas judiciales, aún en montos iguales o inferiores a $30.000.

Por resolución del 7 de abril de 2020, la SCBA resolvió que en el marco de la Emergencia Sanitaria "todas las órdenes de pago con débito en las cuentas judiciales que libren los titulares de los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias, deberán realizarse mediante trasferencias electrónicas, aun de montos iguales o inferiores a $ 30.000 en función de la normativa del BCRA" .

Asimismo el BAPRO cumplimentará normalmente el resto de la operatoria judicial electrónica vinculada a las cuentas judiciales, (vgr. Aperturas de éstas últimas) dándose prioridad a las cuestiones alimentarias urgentes, en el marco de la actual coyuntura de aislamiento social preventivo y obligatorio.

Finalmente, se requiere la colaboración del Colegio de Abogados y de Magistrados y Funcionarios, ambos de la Provincia de Buenos Aires, para realizar un seguimiento de las disposciones contenidas en la presente resolución.

 

Fuentes
SCBA

Noticias

Exceptúase de la suspensión de los plazos administrativos establecida por Dec. N° 298 del 19/3/20 y sus prórrogas, a los actos procesales previstos en los trámites de actuación ante las COM. MÉDICAS JURISDICC. y la COM. MÉDICA CENTRAL (dispuestos por Res. S.R.T. Nº 179 del 21/1/15 y N° 298 del 23/2/17), que puedan ser cumplidos de forma remota no presencial.
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Fue aprobado el 10/8/2020, el Protocolo Covid 19 para la Dirección General de Notificaciones (Corte Suprema de Justicia de la Nación) el que tendrá vigencia hasta el 31/12/2020, salvo que la situación amerite su prórroga. (Aviso: Cédulas 22.172 por turnos y categorías)
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Las presentaciones ante la Cámara y los Juzgados del Fuero, serán solo por medios remotos y digitales. Se utilizarán exclusivamente los correos institucionales de cada Juzgado o Sala. Dispone audiencias de conciliación por videoconferencia. Hasta el 3 /8 el trabajo presencial en la primera instancia está limitado a dos días por semana.