16
Nov
2014

ANSES, autorizan a abogados a intervenir como apoderados. Normativa

La Resolución PREV-16-31, emitida por la Administración Nacional de la Seguridad Social, autoriza a los profesionales del derecho a intervenir como apoderados en trámites por la nueva moratoria. Téngase presente que previo al dictado de esta Resolución, la solicitud de turnos se encontraba vedada para los profesionales del derecho.
  • La ANSES autoriza a los Abogados a intervenir como apoderados
     

La Resolución PREV-16-31, emitida por la Administración Nacional de la Seguridad Social, autoriza a los profesionales del derecho a  intervenir como apoderados en trámites por la nueva moratoria. Téngase presente que  previo al dictado de esta Resolución, la solicitud de turnos se encontraba vedada para los profesionales del derecho.

Además de poner a disposición de los colegas interesados el texto íntegro de la  mentada resolución  Prev-16-31 destacamos a esta normativa como un logro del  trabajo mancomunado de toda la colegiación de abogados del país.

En igual sentido resaltamos la tenaz y perseverante tarea desplegada por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires –del que formamos parte-, en defensa de nuestras incumbencias profesionales que incluyeron presentaciones judiciales, oportunamente informadas por este medio (ver noticias relacionadas).

ANSES. Vigencia: 06/11/2014  PREV-16-31. Ley Nº26.970 -Régimen Especial de Regularización de Deudas Previsionales para Trabajadores Autónomos y Pequeños Contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes Pequeños Contribuyentes-

Fuentes
Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires- ANSES

Noticias

Después de tantos reclamos desde la Colegiación por consolidar el Expediente Digital, logramos que comenzara a funcionar el Registro de Domicilios electrónicos del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Cómo acceder.
Les presentamos el procedimiento de generación, confronte y diligenciamiento de cédulas, mandamientos y oficios judiciales (cfr. Ac.3997/20) en una guía de imágenes explicada paso a paso. También adjuntamos una versión lista para imprimir.
En todo escrito electrónico judicial, en el encabezamiento de la presentación, se debe consignar “siempre”, el número del celular de contacto del profesional interviniente.
Para facilitar la procuración, les recordamos el resto de los datos exigidos en los arts. 1° y 2° de la Acordada 3975/20.
Teniendo en cuenta las consultas generadas referidas al ingreso de demandas, les acercamos un instructivo orientador para los letrados. Igualmente les adjuntamos una versión para imprmir.
Con las medidas de seguridad que lucen la imágenes, el 1º de marzo de 2021, el Tribunal de Trabajo N° 5 de San Isidro, ha avanzado en la toma de vistas de causa presencial, con resultado satisfactorio. El resto de los Tribunales ya asignaron un cronograma de inicio.