Institucional

El Colegio

Antecedentes. Objetivos

El Colegio de Abogados de San Isidro, fundado en 1965 rige su desenvolvimiento conforme a lo establecido por la ley 5177, que establece la colegiación obligatoria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Es una persona de derecho público no estatal sin fines de lucro. No posee ningún tipo de subsidio y se sostiene exclusivamente con el aporte de sus matriculados.

Desde sus orígenes, el 8/10/1965, se ha consustanciado en la problemática e incidencia socio‐cultural, económica y política del profesional. Se trabaja con todos los medios disponibles que propendan al bienestar del abogado/a, tal como lo manda la ley. El empeño demostrado por sus autoridades en defensa del Estado de Derecho y el imperio de la ley como baluarte de la Justicia, han consagrado al Colegio de Abogados de San Isidro en un genuino referente de la abogacía argentina y la sociedad en su conjunto.

¡Bienvenidos a nuestra casa!

Nuestras sedes. Contactos

Sede colonial del Colegio de Abogados de San Isidro: Martín y Omar 339.
Sede académica del Colegio de Abogados de San Isidro: Acassuso 424.
Sede central. Martín y Omar 339. San Isidro
Lunes a viernes de 8:00 a 16:00
(+54 11) 732 0303
Sede académica. Acassuso 442. San Isidro
Lunes a viernes de 8:00 a 16:00
(+54 11) 4743 5720
Sede Pilar. Independencia 707 esq. San Martín. Pilar
Lunes a viernes de 8:00 a 16:00
023 0426 0576
WhatsApp: 15 3908 3542

Noticias

El COLPROBA, del que forma parte activa y permanente este Colegio, inició la acción de amparo contra la Prov. de Bs.As., motivado en el irregular funcionamiento del servicio de justicia que nos afecta como ciudadanos bonaerense de las garantías constitucionales del acceso a la tutela judicial continua y efectiva, y como abogados el ver cercenada la garantía que protege el derecho al trabajo. Esta acción fue declarada admisible el 18-5-2016.
Nos importa a todos: marcha en repudio al femicidio. NI UNA MENOS. Viernes 3 de junio de 2016: punto de encuentro: Av. de Mayo y L. Saenz Peña a las 17:00. El estado tiene la obligación de impulsar “las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra la mujer en el acceso al sistema de justicia para la tutela de sus derechos e intereses legítimos, logrando la igualdad efectiva de condiciones”.
Durante el transcurso de la jornada de ayer -27/5/16- se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria conforme lo establece la ley 5177, sometiéndose a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1/2/2015 al 31/1/2016. Asimismo se celebró el acto eleccionario de renovación de autoridades. Resultados. Registro fotográfico
Asamblea y renovación de autoridades. Convocatoria para la Asamblea: 27/5 a las 8:00 y 9:00 respectivamente. Mesas Receptoras de votos personales: Martín y Omar 339, de 8:00 a 18:00. Colegiados con domicilio real en Pilar votan en Mesa Receptora ubicada en Independencia 445 –Pilar- el 26/5 de 8:00 a 12:00, trasladándose la misma el 27/5 a Martín y Omar 339, de 8:00 a 18:00.
El máximo Tribunal provincial, declara - a instancias del pedido de la colegiación bonaerense- por Res. 887, que incumbe primordialmente a la Suprema Corte el resguardo y la preservación de la regular prestación para que efectivamente se asegure a los habitantes de esta Provincia su legítimo derecho constitucional de acceso a la justicia y su tutela continua y efectiva (arts. 15,164 y 189 de la Constitución Provincial).