Institucional

Colegio de Abogados de San Isidro

  • Sede central.  Martín y Omar 339. San Isidro (1642) | Tel.: (+54 11) 732 0303
  • Sede académica. Acassuso 442 | San Isidro (1642) | Tel.: (+54 11) 4743 5720 
  • Sede Pilar. Independencia 707 esquina San Martín| Pilar (1629) | Tel.: 0230 466-4311

El Colegio de Abogados de San Isidro, fundado en 1965 rige su desenvolvimiento conforme a lo establecido por la ley 5177, que establece la colegiación obligatoria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

Es una persona de derecho público no estatal sin fines de lucro. No posee ningún tipo de subsidio y se sostiene exclusivamente con el aporte de sus matriculados.

Desde sus orígenes, 8/10/1965, se ha consustanciado en la problemática e incidencia socio‐cultural, económica y política del profesional.

Se trabaja con todos los medios disponibles que propendan al bienestar del abogado/a, tal como lo manda la ley.
El empeño demostrado por sus autoridades en defensa del Estado de Derecho y el imperio de la ley como baluarte de la Justicia, han consagrado al Colegio de Abogados de San Isidro en un genuino referente de la abogacía argentina y la sociedad en su conjunto.

Noticias

Durante el transcurso de la jornada de ayer -27/5/16- se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria conforme lo establece la ley 5177, sometiéndose a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1/2/2015 al 31/1/2016. Asimismo se celebró el acto eleccionario de renovación de autoridades. Resultados. Registro fotográfico
Asamblea y renovación de autoridades. Convocatoria para la Asamblea: 27/5 a las 8:00 y 9:00 respectivamente. Mesas Receptoras de votos personales: Martín y Omar 339, de 8:00 a 18:00. Colegiados con domicilio real en Pilar votan en Mesa Receptora ubicada en Independencia 445 –Pilar- el 26/5 de 8:00 a 12:00, trasladándose la misma el 27/5 a Martín y Omar 339, de 8:00 a 18:00.
El máximo Tribunal provincial, declara - a instancias del pedido de la colegiación bonaerense- por Res. 887, que incumbe primordialmente a la Suprema Corte el resguardo y la preservación de la regular prestación para que efectivamente se asegure a los habitantes de esta Provincia su legítimo derecho constitucional de acceso a la justicia y su tutela continua y efectiva (arts. 15,164 y 189 de la Constitución Provincial).
Actualización. Lunes 16 de mayo: el COLPROBA anunciará a las 16:00 interposición de amparo y pedido de intervención al Poder Judicial. Ante el conflicto gremial en que se encuentra inmerso el Poder Judicial, el Colegio de Abogados de San Isidro (CASI) EXIGE a la SCBA que se garantice el acceso a la justicia. Suspensión de términos 4 y 5/5. Carta a la Gobernadora. Reunión extraordinaria en La Plata, 16/5, 11:00.
Ante el conflicto gremial en que se encuentra inmerso el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires hizo una presentación ante la SCBA solicitándole que se garantice el acceso irrestricto al servicio de justicia consagrado en la Constitución. Requerimiento