27
Sep
2016

Unión convivencial. Consultar información

Por su formación, los abogados son los que están mejor capacitados para asesorar a los futuros integrantes de una unión convivencial sobre todos los detalles que implica esta decisión. El abogado de confianza es que asegura la mejor información para el ejercicio de los derechos, obligaciones y beneficios que emanan de esta normativa.

Fuentes
Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires

Noticias

En un día particularmente agradable y soleado festejamos los colegas el día del Abogado. Un oasis de afable camaradería en el diario trajinar profesional. Esto está aconteciendo ahora, en la sede colonial de nuestro Colegio. Cumplidas las formalidades de la ceremonia y salutaciones de estilo, la algarabía, el diálogo y el brindis se han convertido en una fiesta.
Invitamos a los colegas a festejar en la sede colonial del Colegio, Martín y Omar 339, el día del Abogado el viernes 30 de agosto de 2013. El programa previsto comienza con una celebración a las diez de la mañana en la Catedral de San Isidro. Tarjetas en venta desde el 8 de agosto. Los esperamos.
El jueves 7 de junio del corriente, el Sr. Juez Federal a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo nro.1 de San Martín, Dr. Carlos Alberto Papavero quien conoce en la demanda promovida por el Colegio (y por derecho propio, su Presidente) contra la aplicación de la ley 26855, dio a conocer su fallo.
El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.