05
Nov
2020

Una reforma que permitirá acercar la justicia fue aprobada por el Senado bonaerense

El Senado de la Provincia de Bs. As., aprobó por unanimidad y sobre tablas, el proyecto de reforma al artículo 5 del Código Contencioso Administrativo (E-82-2020-2021), que permitirá, de convertirse en ley, que los justiciables puedan concurrir a demandar a la provincia y sus entes, a los juzgados descentralizados de toda la Provincia, en lugar de hacerlo, como en la actualidad, solo en ciudad de La Plata.

Reforma aprobada por unanimidad

El proyecto de marras, elevado e impulsado por el Sr. Senador Dr. Gabino Tapia, matriculado de San Isidro, fue elaborado por el Dr. Diego P. Isabella, quien preside la Comisión de Legislación General y Seguimiento Legislativo de este Colegio de Abogados.

El proyecto que obtuvo sanción en el senado, modifica la regla actual en materia de competencia territorial, ante el fuero contencioso.

La regla actual, que exige que la demanda deba ser interpuesta en la ciudad de La Plata cuando se demanda a la provincia o sus entes, contraría la Constitución provincial. Así fue  declarado por la Suprema Corte de Justicia provincial el pasado 5 de junio, en la causa "Agrupación Ciudadana San Isidro c/ Junta Electoral", y en la causa “Sarrachaga”. ­

Es importante subrayar que este proyecto al mejorar la distribución de las causas judiciales entre todos los jueces contenciosos, contribuye  a un funcionamiento más eficiente. Dicha circunstancia logrará optimizar la incumbencia e incrementar  el trabajo de los abogados dedicados a ello. A la par, destacamos  nuestra obligación de contribuir a lograr que la Justicia funcione adecuadamente, por medio de una justa y equitativa distribución del trabajo - y al alcance de quien la necesite-, apoyando las iniciativas de quienes ponen su tiempo y esfuerzo en intentarlo.
El proyecto, a pedido de su autor, contó con el apoyo institucional del Colegio de Abogados de San Isidro, cumpliéndose así con la manda legal que impone la ley 5177, en procura de mejorar el acceso y el servicio de justicia.

Noticias

El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2012 al 31 de enero de 2013 de nuestro Colegio.
Conclusiones arribadas en el plenario del Primer Encuentro de Dirigentes, celebrado en nuestro Colegio, y que fuera organizado por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, el pasado 12 de abril del corriente, bajo la consigna: “Generemos objetivos comunes”
El viernes 12 de abril del corriente, bajo la consigna “Generemos objetivos comunes”, se llevará a cabo en el Salón Auditorium del Colegio –Acassuso 424, 1er.piso- de 9:00 a 18:00 el primer “Encuentro Provincial de Dirigentes”. La participación en esta convocatoria es de carácter gratuito, pero requiere inscripción previa.