13
Jul
2018

Temor de aplicar la ley. Declaración del COLPROBA

El Colegio de Abogados de la Provincia de Bs. As., del cual este Colegio forma parte activa y permanente, rechaza enfáticamente la decisión judicial que resolviera declarar la inconstitucionalidad de la última parte del art. 16 de la ley 14967 en lo que constituye un claro ataque al sistema arancelario de los abogados (de naturaleza alimentaria y orden público). Muy buena repercusión en los medios. Actualización
TEMOR DE APLICAR LA LEY
  • Comunicado del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires
     
Ante la decisión emanada de los Jueces que integran la Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata, que resolviera declarar la inconstitucionalidad de la última parte del art. 16 de la ley 14967, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires hace saber su enfático rechazo a un pronunciamiento judicial que, más allá de sus manifiestos y graves errores de fundamentación, constituye un claro ataque al sistema arancelario de los abogados caracterizado por su naturaleza alimentaria y protegido por la imperatividad del orden público.
Se verifica en el señalado pronunciamiento, una demasía inaceptable en cuanto desorbita las funciones de los Jueces arrogarse potestades asignadas a los otros poderes del estado mediante argumentos basados en un supuesto temor a decidir conforme a la ley, cuando en realidad subyace claramente la voluntad de derogar por vía judicial la totalidad del sistema protectorio de la retribución de los abogados de la provincia.
No está aquí en juego ni la independencia judicial ni la facultad de interpretar las normas con criterios de razonabilidad como se alega en la sentencia, sino el evidente intento de inaplicar -en forma permanente- cualquier norma arancelaria.
Ningún Juez puede alegar ¨temor¨ de aplicar las leyes emanadas de los representantes del Pueblo.
Menos aún sostenerlo mediante sofismas que encubren intenciones que no se exteriorizan pero están muy claras.
Esta lamentable decisión -con reclamo salarial incluido- constituye una nueva demostración de que resulta imprescindible llevar a cabo profundas reformas al sistema judicial de nuestra Provincia, que permitan que el Pueblo tenga una Justicia confiable, que aplique la ley dentro del marco de discrecionalidad que ésta impone y con la efectividad tantas veces reclamada.
Las instituciones de la colegiación de los abogados bonaerenses promoverán las acciones que sean pertinentes, sin que pueda caber duda alguna acerca de la voluntad colectiva de defender un sistema que se basa en la justicia, la razonabilidad económica, la dignidad y el respeto al trabajo profesional. También se instarán los mecanismos para que se haga efectiva la responsabilidad política de los jueces involucrados.
 
  • Noticias relacionadas. Muy buena repercusión en los medios
     
* Diario Judicial.com | Que nadie se atreva a tocar honorariosVie 13 de julio de 2018. El fallo que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Honorarios generó un repudio de la dirigencia del Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires. Desde la abogacía bonaerense denuncian un ataque “al sistema arancelario” y anunció que pedirán el juicio político de los jueces. Leer más
 
* Diario EL DÍA. (La Plata). | Publicado en Edición Impresa.  AMENAZAN CON INICIAR JURY CONTRA CAMARISTAS. Duras críticas de abogados contra un fallo que frenó el aumento de sus honorarios. El Colegio de la Provincia cargó contra la sentencia que declaró inconstitucional la ley que incrementaba el valor del Ius. Leer más

 

Noticias

El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2012 al 31 de enero de 2013 de nuestro Colegio.
Conclusiones arribadas en el plenario del Primer Encuentro de Dirigentes, celebrado en nuestro Colegio, y que fuera organizado por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, el pasado 12 de abril del corriente, bajo la consigna: “Generemos objetivos comunes”
El viernes 12 de abril del corriente, bajo la consigna “Generemos objetivos comunes”, se llevará a cabo en el Salón Auditorium del Colegio –Acassuso 424, 1er.piso- de 9:00 a 18:00 el primer “Encuentro Provincial de Dirigentes”. La participación en esta convocatoria es de carácter gratuito, pero requiere inscripción previa.